Descripción

  • Referencia
    2963
  • Tasa
    Trámite sujeto a tasas
  • Descripción

    Inscripción y renovación en el Registro de Profesionales dedicados al Transporte Sanitario del personal de medicina y enfermería para el ejercicio profesional en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid 

    Incluye las solicitudes para: 

    1. Inscripción en el Registro Vía Curso Acreditado 
    2. Inscripción en el Registro Vía Homologación 
    3. Renovación en el Registro 
    4. Subsanaciones 

Destinatarios y/o requisitos

Destinatarios:

  1. Personal de medicina y enfermería que haya realizado un curso acreditado por la Consejería de Sanidad en la Comunidad de Madrid. 
  2. El personal de medicina y enfermería cuya actividad se desarrolle en relación con el transporte sanitario, podrá solicitar la homologación de la formación para su inscripción en el registro de transporte sanitario.  
  3. Los profesionales ya inscritos deben renovar la inscripción en el registro, cada tres años, aportando 90 horas o 9 créditos de formación que deberá estar acreditada por instituciones docentes universitarias o por el sistema nacional de formación continuada de profesiones sanitarias, cuyo contenido debe guardar relación directa con medicina y enfermería de urgencias y emergencias. 
  4. Los profesionales cuya inscripción en el registro profesional hubiera caducado por no haber realizado la actualización de su formación en el plazo y la forma legalmente establecida, podrán rehabilitar, de nuevo, su inscripción, considerándose como fecha válida de inscripción la correspondiente a la última actualización de la formación acreditada aportada.

Pago de tasas 

  1. La obligación del pago de la tasa solo será exigible al personal de transporte sanitario en el caso de las solicitudes de inscripción vía homologación. 

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea. 
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Nota informativa sobre la documentación a presentar para la Inscripción y renovación de transporte sanitario en la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
  3. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  4. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  5. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  6. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

 

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información sobre tramitación electrónica en la Guía de Administración Electrónica.

Tramitación

En caso de que la solicitud o documentación aportadas resultaran incompletas, o existieran aspectos que requirieran revisión o aclaración, la Dirección General competente en materia de formación de la Consejería de Sanidad notificará al interesado y le requerirá para su subsanación, en los términos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Efecto silencio
Estimatorio
Normativa efecto silencio
Ley 39/2015, de 01 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo resolución
Tres meses

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública
D. G. de Investigación, Docencia e Innovación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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