Descripción

  • Referencia
    75534
  • Descripción

    Subvenciones para financiar la impartición de acciones de formación pertenecientes a especialidades formativas de certificados de profesionalidad aprobados al amparo del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 03/08/2016 Fecha de fin: 13/09/2016

Requisitos

Se podrán consultar los Requisitos, en el apartado Información relacionada pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.

Documentación a presentar

1. Solicitud, (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).

2. Documentación a presentar, Ver apartado Información Relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.

Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, de acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

a) Por Internet (Ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.

 

En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presencial

Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

   

Documentación de interés

Requisitos
Descargar
37.63 KB
Documentación
Descargar
37.12 KB
Guía para el proceso de selección de alumnos prioritariamente desempleados
Descargar
3.79 MB

Tramitación

Calendario de actuaciones:

 

 

31/07/2018 Corrección de errores de la Resolución de 3 de julio de 2018
Corrección de errores de la Resolución de 3 de julio de 2018 (BOCM nº 181, de 31 de julio)
27/07/2018 Subvenciones concedidas durante el segundo trimestre del ejercicio 2018
Resolución de 3 de julio de 2018 (BOCM nº 178, de 27 de julio)
04/01/2017

 

Resolución definitiva
(Ver listados en el apartado Información relacionada)

23/11/2016 Relación provisional de admitidos y excluidos
(Ver listados en el apartado Información relacionada)
* Reclamaciones: Hasta el 2 de diciembre de 2016

 

 

 

 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Empleo
D. G. de Formación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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