Descripción

  • Referencia
    A102
  • Descripción

    Subvenciones a empresas privadas para realizar proyectos de música, en las siguientes modalidades:

    1. Producción y estreno de espectáculos musicales con música en directo: zarzuela, ópera.
    2. Grabación, edición discográfica y difusión por medios audiovisuales o por Internet.
    3. Producción y exhibición de ciclos, festivales o conciertos. Se entenderá por ciclo o festival la realización de eventos musicales de cualquier estilo en los que se programen al menos cuatro conciertos diferentes.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

Destinatarios:

  1. Personas físicas y empresas de ámbito musical

Requisitos:

  1. Tener la condición de microempresa o pequeña empresa.
  2. El solicitante deberá tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid.
  3. El empresario autónomo y la empresa como entidad jurídica deberá tener, al menos, una antigüedad de dos años de actividad profesional, o su administrador o socio mayoritario una trayectoria profesional suficientemente acreditada y continuada en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud o de manera discontinua en los cuatro últimos años. En las agrupaciones de interés económico, la trayectoria profesional deberá ser acreditada por la empresa que sea el productor-gestor. El empresario autónomo podrá acreditar su trayectoria profesional si tiene, al menos, dos años como profesional de los últimos cuatro.
  4. No podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
  5. No podrán ser beneficiarios quienes estuvieran incursos en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Documentación administrativa: Escrituras o declaración de que las aportará si es beneficiario y Certificado de Situación Censal.
  2. Documentación del proyecto cultural:
    1. Documentación del proyecto cultural y acreditación de la trayectoria del solicitante, que no se incluya en los formularios previstos 1520F03, 1520F05 Y 1520F06

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Certificado de Hacienda de la Comunidad de Madrid.
  2. DNI.
  3. NIF(Número de identificación fiscal).
  4. Certificado de Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de Hacienda Estatal
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
6 meses (articulo 13 de la Orden 245/2022)
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 245/2022, de 08 de marzo de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música en 2022.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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