Descripción

  • Referencia
    91299
  • Descripción

    Procedimiento para solicitar la suscripción de convenios de colaboración con Corporaciones Locales para desarrollar programas de prevención y control del absentismo escolar en las etapas obligatorias de educación.

Calendario de actuaciones

Requisitos

Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, excepto el de la ciudad de Madrid, en los que exista alumnado escolarizado en las etapas de educación obligatoria en centros docentes sostenidos con fondos públicos.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

 

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes" , desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

Aportaciones económicas

1. Las aportaciones económicas de la Comunidad de Madrid se determinarán en función de los siguientes tres criterios:

a) Número de habitantes empadronados en el municipio según las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal referida al 1 de enero de 2020.
b) Número de alumnos escolarizados en el municipio a 31 de diciembre de 2020 en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en las etapas de educación infantil (3-6 años), educación primaria y educación secundaria obligatoria.
c) Número de alumnos en edad de escolarización obligatoria con expediente de absentismo abierto en la Mesa Local de absentismo escolar, conforme con los datos aportados por la Comisión de Seguimiento en 2020.

2. El cálculo de la cuantía que corresponderá a cada ayuntamiento se determinará de la siguiente forma:

a) En primer lugar, a la vista de las solicitudes presentadas, se distribuirá el crédito total disponible entre los citados criterios de acuerdo con los siguientes porcentajes:

- Un 45% del crédito total disponible corresponderá al criterio relativo al número de habitantes empadronados en el municipio.

- Un 32% del crédito total disponible corresponderá al criterio relativo al número de alumnos escolarizados en el municipio.

- Un 23 % del crédito total disponible corresponderá al criterio relativo al número de alumnos con expediente abierto en la Mesa Local de Absentismo, conforme con los datos aportados por la Comisión de Seguimiento en 2020.

b) En segundo lugar, las cantidades resultantes se distribuirán entre cada ayuntamiento de forma proporcional en función de sus datos de habitantes y alumnos, señalados en el apartado 1 anterior.

3. Para obtener los datos relativos al número de habitantes empadronados, se tendrá en cuenta los publicados oficialmente por el Instituto Nacional de Estadística, que es el órgano competente en esta materia.

4. Los datos que utilizará la Consejería de Educación y Juventud para calcular la cuantía que corresponde a cada ayuntamiento, en función del número de alumnos escolarizados en cada municipio y el número de alumnos en edad de escolarización obligatoria con expediente de absentismo abierto, serán los que obren en poder de esta Administración educativa

Tramitación

 

 

Calendario de actuaciones

 

 

19/05/2021 Relación definitiva de entidades solicitantes.
(Ver listados en el calendario).
17/03/2021 Relación provisional entidades solicitantes.
(Ver listados en el calendario).
* Reclamaciones: antes del día 26 de marzo de 2021.

 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política Educativa
Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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