Descripción

  • Referencia
    88908
  • Descripción

    Subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos para:
    a) Adecuación de local de archivo, con un crédito de 15.000 euros.
    b) Equipamiento de local de archivo, con un crédito de 40.000 euros.
    c) Descripción de fondos documentales históricos de municipios con población inferior a 10.000 habitantes, con un crédito de 20.000 euros.
    d) Restauración de documentos municipales en mal estado de conservación o que corran peligro de pérdida o deterioro, con un crédito de 20.000 euros.
    e) Microfilmación y digitalización de fondos documentales históricos de los archivos municipales, con un crédito de 15.000 euros.
     

    Reanudación del procedimiento administrativo

     

Calendario de actuaciones

Requisitos

Los municipios de la Comunidad de Madrid que cumplan los siguientes requisitos específicos en función de la subvención solicitada:
1. Adecuación de local de archivo:
a) Municipios con población igual o superior a 10.000 habitantes: deberán contar con personal técnico archivero.
b) Municipios con población inferior a 10.000 habitantes: en el caso de no tener el personal técnico archivero exigido, la Secretaría debe asumir explícitamente la gestión del servicio de archivo.
c) En ambos casos el local propuesto para ser adecuado como archivo deberá ser considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental.
2. Equipamiento de local de archivo:
a) El local que se pretende equipar deberá ser considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental.
b) En el caso de solicitar ayuda para dispositivos de reproducción de documentos, el Ayuntamiento deberá contar con personal técnico archivero.
c) En el caso de que el municipio no tuviera obligación de contar con personal técnico archivero en razón del objeto de la subvención solicitada, el local que se pretende equipar deberá estar ubicado en el edificio consistorial.
3. Descripción de fondos documentales históricos:
a) Los municipios deberán tener una población inferior a 10.000 habitantes.
b) Los Ayuntamientos no dispondrán de personal técnico archivero.
4. Restauración de documentos:
a) Los documentos a restaurar deberán contar con un documento de control en el que conste, como mínimo, una breve descripción de éstos y las fechas de los mismos.
b) Si el Ayuntamiento no contara con personal técnico archivero o no tuviera instalaciones adecuadas, los documentos originales restaurados quedarán depositados en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid hasta la desaparición de las causas que motivaron dicho depósito.
5. Microfilmación y digitalización de fondos documentales históricos:
a) Los Ayuntamientos deberán tener personal técnico archivero.
b) Los Ayuntamientos tendrán que disponer de instalaciones adecuadas para la conservación y custodia de los documentos.
c) Los documentos que vayan a ser objeto de microfilmación y/o digitalización deberán disponer de un documento de control.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(
ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

 

* Cuantía:110.000 euros.
* Período:
Los proyectos a subvencionar deberán realizarse en el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el último día de justificación de la subvención.

 

Documentación de interés

Resolución reanudación del procedimiento administrativo
Descargar
599.92 KB

Tramitación

Calendario de actuaciones:

 

 

08/02/2021 Relación de subvenciones concedidas.
Resolución de 14 de enero de 2021 (BOCM nº 32, de 8 de febrero).
27/05/2020 Reanudación del procedimiento administrativo
(Ver Resolución, en el apartado Información relacionada)
27/05/2020 Resolución de convocatoria
(Ver listados en el aparatdo Gestión/listados)

 

 

 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar