Descripción

  • Referencia
    A11
  • Descripción

    Subvenciones para mantenimiento de plazas ocupadas y tratamientos en centros de atención a personas con discapacidad, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Madrid.

Calendario de actuaciones

  • 20/10/2021
    Abierto plazo de presentación de reclamaciones del 20 de octubre al 3 de noviembre de 2021
  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 24/06/2021 Fecha de fin: 14/07/2021

Requisitos

  1. Carecer de fin de lucro.
  2. Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid en el sector de atención y tipología para el que se solicita la presente subvención a 31 de diciembre del año 2020.
  3. No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
  4. Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  5. Estar en situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
  6. Contar con los medios materiales y personales necesarios para el funcionamiento del Centro para el que se solicita la subvención.
  7. No estar incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de la entidad beneficiaria, establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  8. Cumplir con las obligaciones que, en materia de protección de datos personales, impone al responsable de tratamiento la normativa vigente, tanto el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, como la normativa estatal y sus normas de desarrollo; en particular, en lo relativo a las categorías especiales de datos y/o al ejercicio de los derechos por los titulares de los mismos.
  9. En su caso, las entidades subvencionadas en la convocatoria anterior deberán haber justificado en tiempo y forma la subvención concedida.

Requisitos de los usuarios ocupantes de las plazas en centros o tratamientos subvencionables

Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 (Anexo 5H adjunto a la Orden de convocatoria).

Los usuarios de estas plazas no podrán ser beneficiarios de ningún servicio ni prestación económica del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, ni de plaza pública en recursos de la Red de atención a personas con discapacidad, a excepción de los siguientes casos:
 

  1. Cuando tengan reconocido el Servicio de Teleasistencia y/o el Servicio de Ayuda a Domicilio.
     
  2. Cuando tuviesen reconocido un Programa Individual de Atención cuya modalidad de intervención sea la atención residencial y fuesen beneficiarios de una plaza pública en Centro Ocupacional o en Centro de Día o de una prestación económica por servicios de Atención Diurna derivada de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre. En estos casos, las entidades podrán solicitar subvención para un recurso de atención residencial o un piso tutelado, hasta que le sea adjudicada plaza pública residencial.
     
  3. Cuando tuviesen reconocido un Programa Individual de Atención cuya modalidad de intervención sea atención diurna y fuesen beneficiarios de una plaza pública en Centro Ocupacional o en Centro de Día o de una prestación econó- mica por servicios de Atención Diurna derivada de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre. En estos casos, las entidades podrán solicitar subvención para un recurso de atención residencial o un piso tutelado.

La pérdida de requisitos con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se regularizará a 31 de diciembre de 2021, lo que podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.

En el caso de que una plaza subvencionada pase a estar ocupada por una persona a la que se le reconozca prestación o servicio incompatible con esta subvención de acuerdo al subapartado 1.b) de este apartado, solo se abonará al centro la parte que le corresponda desde que la plaza haya estado ocupada por el usuario hasta el momento en el que se reconozca las prestaciones o reciba el servicio. Si dicha plaza fuera ocupada por otro usuario que cumpla los requisitos de la orden, previa comunicación por parte del centro a la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad, correspondería la subvención por todo el período que dicha plaza estuviera ocupada.

Esta previsión será también aplicable a las plazas de los tratamientos objeto de ayuda

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Certificado de la capacidad legal del representante de la entidad (Anexo 2).
  2. Acreditación documental del certificado del Anexo 2.
  3. Memoria general de la entidad (Anexo 3).
  4. Memoria general de cada centro para el que se solicita subvención (Anexo 4).
  5. Memoria para mantenimiento de centros para los que se solicita la subvención (Anexo 5).
  6. Estatutos de la Entidad
  7. En su caso, último recibo del I.A.E (Impuesto de Actividades Económicas) o documentación acreditativa de que la entidad está exenta del pago del citado Impuesto y declaración responsable suscrita por el/la representante legal de la entidad que acredite que la misma no ha sido dada de baja en la matrícula de dicho impuesto.
  8. Declaración responsable del representante de la Entidad en su condición de Responsable de tratamiento de datos personales relativa a la protección de datos personales. (Anexo 8)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social. (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas 

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Documentación de interés

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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