Descripción

  • Referencia
    A58
  • Descripción

    Subvenciones a empresas privadas para la realización de proyectos de teatro y danza. Las actividades objeto de la subvención tendrán las siguientes modalidades:

    1. Producción de una obra teatral, incluyendo su estreno.
    2. Producción de una obra coreográfica, incluyendo su estreno.

Calendario de actuaciones

Requisitos

Beneficiarios:

  • Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa, de acuerdo con lo previsto en el anexo I sobre la definición de PYME, del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
  • Residencia fiscal en la Comunidad de Madrid.
  • Una antigüedad de dos años de actividad profesional acreditada y continuada en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud, o de manera discontinua en los cuatro últimos años.
  • No podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
  • Documentos que se aportan junto a la solicitud:
  1. Declaraciones de cumplimiento requisitos previstos en el articulo tercero de la convocatoria.
  2. Declaraciones de ayudas solicitadas y de “minimis” de la empresa.
  3. Certificado de situación censal.
  4. Las empresas, en su caso, pago del último recibo, certificado de exención o declaración responsable de que su cifra de negocios es inferior a 1.000.000 €.
  5. Las empresas: escritura de constitución y estatutos sociales en la que conste la inscripción definitiva en el Registro Mercantil y, en su caso, las actualizaciones oportunas.
  6. Proyecto explicativo del proyecto: Memoria, calendario, ficha artística y técnica, trayectoria profesional. Declaración propiedad intelectual.
  7. Presupuesto.
  8. En su caso, contrato de coproducción.
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
  1. DNI/NIE (del solicitante o representante).
  2. Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  3. NIF (del solicitante).
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Período subvencionable y fechas de estreno de las obras:

El período subvencionable será desde el 1 de octubre de 2020 al 14 de diciembre de 2021. Las obras deberán estrenarse en representación pública entre el 16 de noviembre de 2020 y 14 de diciembre de 2021.

Plazo máximo de justificación:

Plazo máximo de justificación hasta el 30 de diciembre de 2021.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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