Descripción

  • Referencia
    85744
  • Descripción

    Subvenciones a empresas privadas para la realización de proyectos de teatro y danza.

Requisitos

  1. Personas físicas o jurídicas privadas, titulares de empresas privadas cuyo objeto sea la realización de actividades de artes escénicas, ocupe menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general no supere los 10 millones de euros.
  2. Tener su residencia fiscal en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
  3. No podrán tener la condición de beneficiario las entidades sin ánimo de lucro, ni las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Modalidades

  1. Producción de una obra teatral, incluyendo su estreno.
  2. Producción de una obra coreográfica, incluyendo su estreno.
  3. Programación de salas de teatro de Madrid, cuyo aforo no exceda de 200 localidades y realicen un mínimo de 100 representaciones en el período subvencionable.

Período subvencionable:

  1. Producción de una obra de teatro o coreográfica: desde el 1 de octubre de 2018 al 30 de noviembre de 2019. Las obras deberán estrenarse en representación pública entre el 1 de diciembre de 2018 y 30 de noviembre de 2019.
  2. Programación de salas de teatro: Desde el 1 de diciembre de 2018 al 30 de noviembre de 2019.

Plazo máximo de justificación:

  1. Para todas las modalidades: hasta el 2 de diciembre de 2019.
  2. Se podrán consultar los Criterios de valoración en el apartado "Documentación de interés".

Documentación de interés

Criterios de valoración y determinación de las cuantías
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Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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