Descripción
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Referencia1029
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Descripción
Modificaciones de las instalaciones radiactivas de 2ª y 3ª categoría (definidas en la Disposición Adicional Primera de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de Creación del Consejo Seguridad Nuclear) ya sea por cambios de titularidad, de diseño o de las condiciones de explotación.
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TasaTrámite sujeto a tasas
Destinatarios y/o requisitos
Persona física o jurídica titular de instalaciones radiactivas de segunda y tercera categoría, que quiera realizar las modificaciones que se establecen en el artículo 40 del R.D. 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
- Documento de liquidación de tasas.
- Para modificaciones en el diseño, en las condiciones de explotación o que afecten al condicionado de una instalación radiactiva: ejemplar de la Memoria descriptiva de la instalación (por duplicado). El contenido técnico mínimo de la misma se encuentra reflejado en el artículo 38 del RD. 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.
- Para cambios de titularidad: acreditación de la transmisión mediante documento público (por duplicado).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación solicitud
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información sobre tramitación electrónica en la Guía de Administración Electrónica.
Información Complementaria
Autoliquidación de Tasas:
El pago de la tasa se efectuará en BANCO SABADELL, BBVA Y CAIXABANK y CAJAMAR CAJA RURAL, incorporando el justificante de pago de dicha tasa a la documentación a presentar a la Administración.
Tramitación
Los cambios de titularidad y las modificaciones en el diseño, en las condiciones de explotación o que afecten al condicionado de una instalación radiactiva requerirán la autorización por el mismo trámite por el que fue concedida la autorización de funcionamiento. Ver procedimiento de autorización de instalaciones raciactivas de 2ª Y 3ª categoría (Referencia: 449).
Normativa
- Resolución de 16 de abril de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se acuerda la reanudación de determinados procedimientos administrativos de su competencia, conforme a lo establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOCM nº 95, de 21 de abril).
- Ley 25/1964, de 29 de abril, Sobre Energía Nuclear modificada por la Ley 54/1997 de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (texto consolidado).
- Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear (texto consolidado).
- Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas (BOE nº 313, de 31 diciembre).
- Real Decreto 783/2001 de 6 de julio, por el que se aprueba el reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes (BOE nº 178, de 26 de julio).
- Real Decreto 229/2006, de 24 de febrero, sobre el control de fuentes radiactivas encapsuladas de alta actividad y fuentes huérfanas (BOE nº 50, de 28 de febrero).
- Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente de diversos procedimientos. (BOCM nº 18 de 22 de enero de 2010)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).