Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas farmacéuticas titulares de oficinas de farmacia.
Requisitos
- Contar con los medios técnicos necesarios para la gestión del Libro Recetario.
- Comprometerse a facilitar la información y acceso al mismo si así lo requiere la Administración Sanitaria.
- Imprimir los registros consignados informáticamente en los folios logados y numerados establecidos. Están disponibles para descargar en el apartado “Documentos de interés”, dentro de “Contacto y ayuda”.
- Finalizar la cumplimentación manual del libro recetario de soporte papel en la fecha de inicio de la gestión informática.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Declaración de los Directores Técnicos de contar con los medios adecuados para la gestión del Libro Recetario
- En caso de representante, autorización por escrito del Director Técnico Propietario
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Recuerda que debes mantener el libro recetario oficial en custodia de la oficina de farmacia durante 5 años desde la última anotación.
Normativa
Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad (BOCM de 20 de enero)
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la comunicación inicial junto a la declaración responsable, puedes descargar los folios numerados y sellados en la sección “Documentos de interés” (dentro del desplegable “Contacto y ayuda”). Podrás descargar los folios numerados que necesites para la gestión del libro recetario.
Si la comunicación presentada y la documentación son correctas no enviaremos respuesta. Anotaremos el inicio de la gestión informática del libro recetario en los archivos de la dirección general competente en ordenación farmacéutica.
Sólo si detectamos que la comunicación no reúne los datos y requisitos exigidos, enviaremos un escrito a la persona interesada para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que la comunicación no se ha realizado.
Es importante conocer que no realizar el trámite de comunicación puede tener como consecuencia responsabilidades administrativas, penales o civiles.
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Órgano responsable
- Consejería de Sanidad
- Viceconsejería de Sanidad
- Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud