Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Empresas y entidades de carácter privado sin ánimo de lucro.
- Agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio searado sin personalidad jurídica que puede llevar a cabo los itinerarios.
Requisitos
- Tener domicilio social y fiscal en territorio español.
- Tener centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo si están debidamente garantizadas.
- Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales previsto en la normativa.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Figurar de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, con motivo del ejercicio de su actividad con carácter previo a la fecha de publicación de la convocatoria, en el caso de trabajador autónomo o empresario individual.
- Tener la capacidad técnica y de gestión necesarias para impartir la formación, acreditada conforme a las bases reguladoras de la subvención.
- Tener un compromiso o acuerdo firmado, con anterioridad a la presentación de la solicitud, con una entidad privada sin ánimo de lucro que cumpla los requisitos establecidos en la convocatoria.
- No haber recibido ningún tipo de ayuda de las Administraciones Públicas españolas, comunitarias o ambas sujetas al régimen de mínimis, por un importe superior a los 300.000 euros en el período de 3 años antes de la fecha de concesión de la ayuda. Por ello, debe declarar si ha solicitado o ha obtenido subvenciones de minimis durante los 3 años anteriores para la misma finalidad a otros organismos públicos en la fecha de solicitud. Además, deberá comunicar las ayudas solicitadas u obtenidas a partir de esa fecha.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Escritura pública de constitución o acta fundacional del solicitante.
- Documentación acreditativa de la capacidad del representante legal del solicitante, para actuar en nombre y representación del mismo.
- Formulario “Otorgamiento de representación”.
- Formulario “Ocupaciones y formación del proyecto”.
- Documentación acreditativa de la incorporación a la mutualidad correspondiente, en el supuesto que el empleador sea un trabajador autónomo que ejerza como profesional colegiado y haya optado por la mutualidad de su colegio profesional, así como certificado actualizado acreditativo de hallarse al corriente de pago de las cuotas a la mutualidad profesional.
- Certificado de titularidad bancaria emitido por una entidad financiera que incluya los datos de la cuenta bancaria consignada en la solicitud.
- Formulario “Declaración responsable del cumplimiento del artículo 13.3. bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones”.
- Compromiso o acuerdo firmado con las entidades privadas sin ánimo de lucro especializadas en la atención a los colectivos destinatarios, para la subcontratación del desarrollo de acciones de orientación y acompañamiento a las personas participantes durante la ejecución del proyecto.
- Documentación que acredite que las entidades privadas sin ánimo de lucro, que desarrollen estas actuaciones de orientación y acompañamiento, tienen una acreditada solvencia, capacidad técnica y experiencia con los colectivos destinatarios.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF de la persona representante de la entidad beneficiaria.
- Certificado de estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social.
- En el caso de que el empleador sea un trabajador autónomo o empresario individual, alta en el RETA.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden de 23 de septiembre de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2026 para la realización del Programa de Orientación, Formación e Inserción Laboral con compromiso de contratación, en el ámbito empresarial privado de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 233, de 30 de septiembre).
- Orden de 12 de junio de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el programa de orientación, formación e inserción laboral con compromiso de contratación, en el ámbito empresarial privado de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 149, de 25 de junio).
- Orden de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2026 para la realización del programa de orientación, formación e inserción laboral con compromiso de contratación, en el ámbito empresarial privado de la Comunidad de Madrid.
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 01/10/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido serán desestimadas.
Una vez producida la contratación de las personas desempleadas participantes, realizaremos el pago anticipado de la subvención concedida.
Las entidades beneficiarias tienen un plazo de 45 días hábiles una vez finalizados los contratos de formación en alternancia suscritos para presentar la documentación correspondiente a la justificación de la subvención.
Tras comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para el desarrollo del proyecto subvencionable, así como la ejecución y cumplimiento del posterior compromiso de contratación indefinida, procederemos a la liquidación final de la subvención.
Plazos y efectos del silencio administrativo
4 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 01/10/2026 Fecha de fin: 29/10/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Subdirección General de Programas de Apoyo al Empleo
Horario de atención: de 8:00 a 16:00 horas
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General del Servicio Público de Empleo
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud