Descripción
Este servicio incluye varias actuaciones que garantizan que cada menor reciba el apoyo que necesita. En primer lugar, se realiza una valoración especializada, donde un equipo formado por profesionales de la salud, la psicología y el trabajo social analiza la situación del niño o niña para determinar la necesidad de atención temprana, el reconocimiento del grado de discapacidad y la situación de dependencia, salvo que exista oposición por parte de los representantes legales del menor, en cuyo caso solo se valora la atención temprana. Esta valoración inicial puede revisarse cuando sea necesario, ya sea por la finalización del periodo de validez o porque se produzcan cambios en las circunstancias del menor mientras no hayan ocupado una plaza pública en la red de atención temprana. Esta valoración permite que las familias pueden acceder a una plaza en un centro de la red pública de atención temprana de servicios sociales de la Comunidad de Madrid, donde se llevan a cabo intervenciones adaptadas a las necesidades de cada menor.
Personas destinatarias
Menores de seis años de edad, con alteraciones en su desarrollo, con discapacidad o riesgo de padecerla o en situación de dependencia, residentes en la Comunidad de Madrid, así como su familia y su entorno.
Requisitos de acceso al servicio
Requisitos comunes:
- Tener residencia en la Comunidad de Madrid.
- Tener menos de 6 años
Valoración:
- Haber sido derivado al ámbito de los servicios sociales (Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil) por parte de los profesionales sanitarios del Servicio Madrileño de Salud o los profesionales de la red de orientación especializada educativa a través del Registro Único de Atención Temprana.
Acceso a plaza en el servicio de atención temprana:
- Tener reconocida la necesidad de atención temprana por la unidad de valoración del centro base CRECOVI.
- No estar escolarizado en centros de educación especial, en unidades de educación especial en centros ordinarios o en la modalidad de escolarización combinada.
- Estar empadronado en la Comunidad de Madrid.
- Ser menor de seis años.
- No recibir tratamiento de atención temprana en otro centro o servicio público, salvo que sean de carácter complementario.
- No ser beneficiario de otras subvenciones o ayudas públicas que financien el servicio de atención temprana