Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas de 30 años como máximo, con titulación universitaria.
Requisitos
- Tener como máximo 30 años cumplidos en 2026.
- Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación universitaria de grado, licenciatura o equivalente, conforme al catálogo de titulaciones.
- Tener la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de alguno de aquellos Estados con los que la Unión ha ratificado un tratado internacional que permite la libre circulación de trabajadores.
- Estar empadronadas en la Comunidad de Madrid un año como mínimo antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes o tener la última vecindad administrativa en dicho ámbito en el caso de residentes en el extranjero.
- Acreditar el dominio del idioma inglés.
- No trabajar de forma remunerada ni recibir otra ayuda o beca de cualquier entidad pública o privada para el mismo fin.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- No haber sido personas beneficiarias de estas becas en ediciones anteriores excepto si ha renunciado a la beca con anterioridad a su inicio efectivo.
- No haber disfrutado de otras ayudas para la misma finalidad del programa de becas de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales en los 3 últimos años.
- Solicitar la beca dentro de los 4 años siguientes a la terminación de los correspondientes estudios. Este plazo es de 5 años para las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
- Incluir junto a la solicitud el curriculum vitae, que debe contener los datos de contacto (teléfono y correo electrónico) y la fecha de nacimiento.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Resguardo de solicitud del título en caso de no disponer de título universitario.
- Expediente académico expedido por la Secretaría de la Facultad o Escuela, con calificaciones de estudios universitarios.
- Currículum vitae.
- Diploma acreditativo del nivel C1 de inglés o certificación académica, en su caso.
- Diploma acreditativo de los otros idiomas oficiales de la Unión Europea.
- En caso de actuar por medio de representante, declaración firmada documentación acreditativa de dicha representación.
- En caso de habilitación a personas físicas o jurídicas como representantes para la presentación y recepción telemática de las comunicaciones que se intercambien en el procedimiento, declaración firmada.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE.
- Certificado de empadronamiento.
- Título universitario.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden de 15 de julio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea para 2027 y 2028 (BOCM nº 208, de 1 de septiembre).
- Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea para 2027 y 2028.
- Orden de 21 de mayo de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la dirección general competente en materia de cooperación con el Estado y asuntos relacionados con la Unión Europea (BOCM nº 135, de 7 de junio).
Órgano responsable
- Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
- Viceconsejería de Presidencia y Administración Local
- Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición.
A continuación, evaluaremos las solicitudes conforme a los baremos establecidos en la convocatoria. La comisión de evaluación decidirá el orden de las personas solicitantes y se concederán las becas a las de mayor puntuación hasta completar el número de becas disponibles.
La dirección general competente en cooperación con el Estado y la Unión Europea emitirá la propuesta de resolución, a partir de la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la beca.
El pago de la beca se realizará por mensualidades vencidas, mediante transferencia bancaria.
La duración de las becas será como máximo de 2 años.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 02/09/2026 Fecha de fin: 22/09/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud