Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas.
Requisitos
- Estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Tener su inscripción un año de antigüedad como mínimo, a la fecha de publicación de esta convocatoria.
- Haber participado en competiciones deportivas oficiales no profesionales para personas con discapacidad en la temporada 2024-2025 o en el año 2025, según el funcionamiento federativo. Esto incluye competiciones individuales o por equipos de:
- Campeonatos de España de clubes y ligas nacionales de clubes oficiales.
- Campeonatos y ligas oficiales de clubes de la Comunidad de Madrid.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual el personal propio o voluntario que desarrolla actividades en contacto habitual con menores.
- Ser compatibles otras subvenciones o ayudas recibidas para la misma finalidad con esta subvención. Pueden proceder de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
- Comprometerse a destinar las ayudas procedentes de esta subvención exclusivamente a financiar los gastos de la actividad deportiva de los deportistas con discapacidad o de sus equipos.
- Declarar las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos recibidas para la misma finalidad que esta subvención. Pueden proceder de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Memoria de la temporada de la asociación deportiva (Anexo I).
- Certificado de la Federación sobre la participación de la asociación deportiva en campeonatos oficiales de clubes de deportes de equipo (Anexo II A).
- Certificado de la Federación sobre la participación de la asociación deportiva en campeonatos oficiales de clubes de deportes individuales y colectivos (Anexo II B).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 1199/2026, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por la participación en competiciones deportivas oficiales para personas con discapacidad, de carácter no profesional, en la temporada 2024/2025 o, en su caso, en el año 2025, según el funcionamiento federativo (BOCM nº 157, de 3 de julio).
- Orden 1199/2026, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por la participación en competiciones deportivas oficiales para personas con discapacidad, de carácter no profesional, en la temporada 2024/2025 o, en su caso, en el año 2025, según el funcionamiento federativo
- Orden 956/2026, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a las asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por la participación en competiciones deportivas oficiales para personas con discapacidad, de carácter no profesional (BOCM nº 129, de 2 de junio).
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Deportes
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 06/07/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
A continuación, publicaremos la lista provisional de solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con la causa de exclusión. Se abrirá un plazo para subsanar de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde el día siguiente a la publicación. Si la entidad solicitante no subsana la solicitud, entenderemos que renuncia a su solicitud.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la Comisión de Evaluación determinará las cantidades que corresponden a cada una de ellas.
Todas las entidades beneficiarias deberán presentar un certificado del presidente o secretario general de la federación correspondiente, madrileña o española, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la orden de concesión para acreditar que:
- Sigue de alta en la federación.
- Sigue participando en competición federada en alguna de las competiciones oficiales.
El pago de la subvención se realizará por transferencia bancaria al número de cuenta indicado en la solicitud.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 06/07/2026 Fecha de fin: 17/07/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Subdirección de Gestión Deportiva
Horario de atención al público: de lunes a viernes de 09:00 a 14:00
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud