Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades privadas sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Requisitos de las entidades solicitantes:
- Carecer de fin de lucro.
- Contar con la autorización administrativa o comunicación previa necesaria para actuar en la Comunidad de Madrid en los sectores de atención a personas con discapacidad o personas con enfermedad mental crónica:
- Tipología “otras prestaciones y servicios”.
- Subtipo “servicios de asistencia personal”.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, excepto si están debidamente garantizadas.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
- Estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
- Estar en situación de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Cumplir con las obligaciones sobre protección de datos personales como responsable o encargado de tratamiento de datos personales.
- Requisitos de la Oficina de Vida Independiente (OVI):
- Contar con los medios materiales y personales adecuados para su funcionamiento, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Destinar los servicios prestados a personas con discapacidad, enfermedad mental o ambas.
- Requisitos de las personas beneficiarias de los servicios prestados por la Oficina de Vida Independiente (OVI):
- Ser mayor de 18 años en la fecha de su incorporación en la Oficina de Vida Independiente (OVI).
- Estar empadronado en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid en la fecha de su incorporación en la Oficina de Vida Independiente (OVI).
- Suscribir los siguientes documentos:
- La autorización para consulta e incorporación y tratamiento de datos personales en los respectivos ficheros de la Comunidad de Madrid.
- La declaración de actividades.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Acreditación del representante legal de la entidad (Anexo 1).
- Acreditación documental del Anexo 1.
- Memoria general de la entidad (Anexo 2).
- Memoria de funcionamiento de la Oficina de Vida Independiente (Anexo 3).
- Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa de protección de datos del responsable o encargado del tratamiento de datos de la entidad beneficiaria (Anexo 4).
- Estatutos vigentes de la entidad.
- Contratos del personal de la Oficina de Vida Independiente.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF de la entidad interesada.
- NIF o NIE de la persona que ostente la representación legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social (en la fase del procedimiento que sea exigible según la normativa aplicable).
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 1826/2026, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, por la que se convocan, para el año 2026, subvenciones a entidades sin fin de lucro en concepto de mantenimiento de oficinas de vida independiente para el apoyo a personas con discapacidad y enfermedad mental (BOCM nº 179, de 15 de julio)
- Orden 1826/2026, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, por la que se convocan, para el año 2026, subvenciones a entidades sin fin de lucro en concepto de mantenimiento de oficinas de vida independiente para el apoyo a personas con discapacidad y enfermedad mental (Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas).
- Orden 645/2026, de 16 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de oficinas de vida independiente para el apoyo a personas con discapacidad y enfermedad mental. La presente Orden se dicta en base a la Memoria del Análisis de Impacto Normativo elaborada por la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de fecha 11 de marzo de 2026 (BOCM nº 76, de 31 de marzo).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 16/07/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y emitiremos una resolución que así lo indique.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la Comisión de Valoración determinará la puntuación que corresponde a cada una de ellas. Se financiarán los proyectos de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito disponible.
La dirección general competente en atención a personas con discapacidad emitirá la propuesta de resolución provisional con la cuantía y las causas de denegación que publicaremos en el calendario de actuaciones de este trámite. La entidad solicitante dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones a partir del día siguiente a su publicación.
Una vez analizadas las alegaciones, la persona titular de la consejería competente dictará la resolución de concesión o denegación de la subvención.
El pago total de la subvención se realizará, previa justificación técnica y económica del cumplimiento de la finalidad para la que concedió la subvención antes del 31 de enero de 2027.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 16/07/2026 Fecha de fin: 05/08/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Atención Temprana y Subvenciones
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud