Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Universidades Públicas y Universidades Privadas, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).
- Organismos Públicos de Investigación previstos en la norma sobre Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Fundaciones de Investigación Biomédica de las Instituciones Sanitarias adscritas al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
- Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, quetienen definidos la I+D+I como actividad principal en sus estatutos.
Requisitos
De las entidades solicitantes
- No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
- No haber recibido otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para financiar las actividades objeto de ayuda y que pueden afectar a la compatibilidad de las ayudas.
- No tener deudas en vía ejecutiva de obligaciones por resolución en firme de procedencia de reintegro de subvenciones.
- Estar situadas en la Comunidad de Madrid.
- En el caso de las universidades, estar inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- Verificar el cumplimiento de los requisitos del personal investigador doctor mediante la comprobación de la documentación presentada por cada uno de ellos.
Estos requisitos deben mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la ayuda. El órgano instructor puede solicitar su acreditación documental durante la tramitación del procedimiento.
Del personal investigador candidato
- Haber obtenido el título de grado de doctor en una fecha comprendida entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2023. Se entiende que la fecha de obtención del grado de doctor es la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral. Debe tenerse en cuenta:
- Si el personal investigador doctor posee más de un título de doctor, el requisito anterior se refiere al primero de los títulos obtenidos.
- La fecha para el límite inferior de 1 de enero de 2016 puede ampliarse cuando entre la fecha de obtención del grado de doctor y la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes se produce alguna de las siguientes situaciones:
- Permiso de maternidad o paternidad: incluidos los periodos de tiempo dedicados al disfrute de permisos, licencias, reducciones de jornada laboral y excedencias por gestación, embarazo, nacimiento.
- Adopción.
- Guardia con fines de adopción o acogimiento familiar.
- Riesgo durante la gestación y el embarazo.
- Riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses.
- Incapacidad temporal durante el embarazo por causas vinculadas con el mismo.
- Incapacidad temporal por causas distintas a las del punto anterior por un periodo de al menos 2 meses consecutivos. Se aplicará una ampliación igual al periodo de baja justificado, redondeando al alza a meses completos.
- Haber tenido un vínculo profesional remunerado con entidades de investigación extranjeras de al menos 2 años en los últimos 5 años. La fecha fin de este cómputo de plazos es la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
- Postular por una institución u organismo, que debe aceptar su propuesta de candidatura.
El personal investigador puede presentar una candidatura sin cumplir ni demostrar los requisitos 1 y 2 sólo si es personal investigador contratado en convocatorias anteriores de ayudas a la atracción de talento investigador de la Comunidad de Madrid de la modalidad 2. Además, su contrato debe terminar en 2026.
Documentación
Aviso importante
Antes de que la entidad solicitante presente la solicitud, el personal investigador doctor candidato debe pulsar "Acceder” para elaborar o adjuntar la siguiente documentación en la aplicación quadrivium:
- Currículum vítae abreviado.
- Memoria de la trayectoria investigadora de la persona candidata.
- Memoria de la línea de investigación propuesta (incluyendo todas las actividades I+D y la memoria económica) a realizar durante la ayuda solicitada.
- Copia del título de doctor o certificación académica oficial.
- Documentación acreditativa de la vinculación y duración de la misma con la institución u organismo de I+D situado fuera de España.
- Documentación acreditativa de los supuestos de interrupción (en caso necesario).
La aplicación generará en PDF el impreso de solicitud y el listado de candidatos que presentará la entidad solicitante
Documentación a presentar por la entidad solicitante
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Listado de candidatos.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Orden 2355/2026, de 11 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2026 de ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela”.
- Extracto de la Orden 2355/2026, de 11 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2026 de ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela”. Turno general (BOCM nº 149, de 25 de junio).
- Extracto de la Orden 2355/2026, de 11 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2026 de ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela”. (Categoría de contratación: turno discapacidad) (BOCM nº 149, de 25 de junio).
- Orden 1447/2025, de 4 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela” para simplificar los mecanismos de financiación de las ayudas (BOCM nº 119, de 20 de mayo).
- Orden 3524/2023, de 14 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se corrige un error material en la Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela” (BOCM nº 223, de 19 de septiembre).
- Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela” (BOCM nº 186, de 7 de agosto).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
- Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, notificaremos a la entidad solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y emitiremos una resolución que así lo indique.
Una vez evaluadas las solicitudes conforme a los criterios establecidos, la comisión de selección emitirá un informe motivado con el orden de las solicitudes, de mayor a menor puntuación.
A continuación, la dirección general competente en investigación emitirá una propuesta de resolución provisional que notificaremos a las entidades solicitantes. Podrán presentar alegaciones si lo estiman oportuno en el plazo máximo de 10 días hábiles.
Finalizado el trámite de audiencia, la dirección general emitirá la propuesta de resolución definitiva, que notificaremos a las entidades beneficiarias para que comuniquen la aceptación o desistimiento de la ayuda propuesta en el plazo de 10 días hábiles. A continuación, la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión de la subvención.
Finalmente, publicaremos la orden en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el calendario de actuaciones de este trámite.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 26/06/2026 Fecha de fin: 09/07/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Programas de Investigación
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud