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TasaNo requiere el pago de tasas -
Personas destinatarias
Personal funcionario de carrera de cuerpos docentes no universitarios del ámbito de la Comunidad de Madrid y procedentes de otras comunidades autónomas.
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Requisitos
- Encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias, que deben estar convenientemente acreditadas y documentadas:
- Enfermedad propia grave.
- Enfermedad grave o que implica dependencia de un familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad.
- Otras situaciones extraordinarias que generan una dificultad severa para el desempeño de las funciones docentes en el centro de destino.
- Ser personal funcionario de carrera perteneciente a alguno de los cuerpos que imparten docencia de las distintas enseñanzas, incluidos los cuerpos y escalas declarados a extinguir.
- Pertenecer a la Administración educativa de la Comunidad de Madrid. Con carácter extraordinario, puede participar el personal docente funcionario de carrera perteneciente a otras administraciones educativas si la causa alegada ha sobrevenido con posterioridad a su ingreso en la administración educativa de procedencia.
- Haber participado en el último concurso general de traslados, formulando solicitud con el mayor número posible de peticiones congruentes a la necesidad expuesta en la solicitud de comisión. Dichas peticiones deben ser válidas, no anulables, y cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria. La renuncia a la participación en el concurso general de traslados comporta la exclusión de este procedimiento.
- Existir una inequívoca relación entre el hecho causante y las peticiones realizadas en la solicitud de comisión de servicios.
Todos los requisitos deben cumplirse en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
- Encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias, que deben estar convenientemente acreditadas y documentadas:
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Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Enfermedad propia:
- Informe médico actualizado donde conste el grado de la enfermedad (grave, muy grave), compatibilidad con la localidad en la que se prestan los servicios o el tipo de enseñanza.
- Resolución o tarjeta acreditativa del reconocimiento del grado de discapacidad, en caso de no autorizar su consulta.
- Resolución administrativa de reconocimiento del grado de dependencia.
- Enfermedad de un familiar:
- Documento oficial acreditativo del grado de parentesco con el familiar (libro de familia o documento del registro digital centralizado).
- Informe médico actualizado donde conste la calificación del grado de la enfermedad (grave, muy grave).
- Resolución o tarjeta acreditativa del reconocimiento del grado de discapacidad, en la que conste un porcentaje igual o superior al 75 por ciento.
- Certificado del grado de dependencia del familiar (si está reconocido).
- De existir más familiares que pudieran atender al enfermo, documentos que acrediten la imposibilidad de su atención (certificado de empadronamiento, certificado de empresa, entre otros).
- Documentación que acredite la incompatibilidad con el horario o la localidad en la que se prestan los servicios o el tipo de enseñanza.
- Autorizaciones de la consulta del certificado de empadronamiento colectivo, por cada uno de los convivientes mayores de edad.
- Otras situaciones:
- Toda aquella documentación que acredite la situación extraordinaria alegada y la imposibilidad de desarrollar las funciones docentes en el centro y horario de destino asignado.
- Procedentes de otras Comunidades Autónomas. Además de la especificada en las situaciones anteriores:
- Hoja de servicios, certificación o documentación acreditativa de antigüedad en el Cuerpo.
- Acreditación oficial de su Administración educativa de origen del cuerpo y especialidad educativa.
- Personal que haya disfrutado en el curso 2025-2026 de una comisión de servicios de carácter personal (humanitaria). Además de la especificada en las situaciones anteriores:
- Informe favorable de la Dirección del Centro en el que haya prestado servicios.
- Representación:
- Otorgamiento de la representación.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI o NIE de la persona solicitante.
- DNI o NIE de la persona representante.
- Consulta de residencia del solicitante con fecha de última variación.
- Certificado de empadronamiento colectivo en el mismo domicilio del solicitante (imprescindible aportar autorización de cada uno de los convivientes mayores de edad).
- Documentación acreditativa del grado de discapacidad del solicitante (indica la comunidad autónoma de expedición).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
- Enfermedad propia:
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Documentos anexos a la solicitud
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Normativa
- Resolución de 12 de marzo de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se regula para el curso escolar 2026-2027 el procedimiento de solicitud y concesión de comisiones de servicio de carácter personal (humanitarias) para los funcionarios de carrera de los Cuerpos Docentes de Enseñanzas no Universitarias en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 67, de 20 de marzo).
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Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Recursos Humanos
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 23/03/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Una vez completa la solicitud, comprobaremos el cumplimiento de los requisitos, la documentación aportada, la coherencia de la solicitud, la existencia de vacantes y la planificación general educativa.
Tras la valoración, emitiremos la resolución de concesión o denegación y se lo notificaremos a la persona solicitante.
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 23/03/2026 Fecha de fin: 07/04/2026
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Contacto
Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial
Subdirección General de Gestión de Profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud