Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Parejas que se van a casar.
Requisitos
- Ser mayores de 18 años o mayores de 16 años emancipadas legalmente. En el caso de personas emancipadas legalmente, en el certificado literal de nacimiento debe constar la inscripción marginal de emancipación.
- Tener su domicilio y residencia habitual en Madrid capital al menos una de las personas contrayentes. Esta persona debe presentar la solicitud y actuar como interesada.
- Acreditar el estado civil con alguno de los siguientes documentos, según la nacionalidad y situación personal:
- Personas españolas: documentación acreditativa de divorcio o viudedad. No es necesario acreditar la situación de soltería.
- Personas extranjeras:
- Certificados de soltería, divorcio o viudedad, con carácter general.
- Certificado de capacidad matrimonial, solo en el caso de personas que se van a casar en España y son nacionales de alguno de los siguientes países:
- Alemania
- Francia
- Austria
- Finlandia
- Grecia
- Italia
- Polonia
- Portugal
- República Checa
- En caso de presentar documentación extranjera:
- Debe ir acompañada de una traducción realizada por un traductor jurado si no está redactada en español.
- La documentación original debe estar debidamente legalizada, independientemente de si está escrita en español o en cualquier otro idioma.
- Puedes informarte en tu Consulado o en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España sobre si requiere Formato Plurilingüe, Apostilla de la Haya o sello de la Embajada o Consulado de España en el país que emite la documentación de la persona contrayente extranjera.
- Cumplimentar y firmar la solicitud ambos contrayentes.
- Indicar en la solicitud:
- Datos personales de las personas contrayentes.
- Datos personales de dos personas que actúan como testigos. Estas personas:
- Deben ser mayores de 18 años.
- Deben conocer a los contrayentes.
- No tienen por qué ser los mismos el día de la boda.
- Lugar de celebración de la boda.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificado literal de nacimiento expedido hace menos de un año de los contrayentes.
- Certificado de soltería o de capacidad matrimonial.
- Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido y certificado literal del matrimonio anterior (cuando una o ambas personas contrayentes sean viudas).
- Certificado literal del matrimonio anterior: debe contar con la anotación marginal del divorcio o nulidad (cuando una o ambas personas contrayentes sean divorciadas, o con matrimonio anterior nulo).
- Certificado equivalente al empadronamiento para domiciliados en el extranjero.
- Documento acreditativo de estar emancipado legalmente.
- Anexo I: Declaración del segundo contrayente.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de empadronamiento.
- NIF o NIE.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
El día de la cita las dos personas contrayentes y sus dos testigos deben comparecer presencialmente en la Oficina General del Registro Civil de Madrid (Calle Pradillo, 66. 28002 Madrid). Todos deben acudir con su documento de identificación y la documentación original.
Además, deben acudir acompañados por un traductor jurado si no hablan castellano.
Normativa
- Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil (BOE nº 175, de 22 de julio).
Órgano responsable
- Órgano competente para tramitar la solicitud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si todo está correcto y completo enviaremos un correo electrónico con las instrucciones y el enlace para acceder al sistema de cita previa a la persona solicitante. Entonces podrán elegir la fecha que más les conviene de entre las disponibles.
Tras la comparecencia el día de la cita y una vez comprobado que se cumplen todos los requisitos, emitiremos la autorización para contraer matrimonio en el plazo más breve posible.
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Contacto
Oficina General del Registro Civil de Madrid
Atención presencial de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas solo para solicitar información (No se necesita cita).
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud