Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Fundaciones adscritas al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Estar inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.
- Estar adscritas al Protectorado de Economía, Hacienda y Empleo.
- Comunicar el negocio jurídico en el plazo de un mes desde su formalización.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificación del acuerdo adoptado por la fundación.
- Documento en el que se ha formalizado el acto de enajenación o gravamen.
- Memoria acreditativa de las características del bien o derecho enajenado o gravado, y de las condiciones del negocio jurídico, con exposición de las razones en que se fundamenta e indicación del destino del importe obtenido.
- Valoración de los bienes y derechos realizada por un experto independiente.
- Otros.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de Madrid (BOE nº 192, de 12 de agosto).
- Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones (BOE nº 310, de 27 de diciembre).
- Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal (BOE nº 279, de 22 de noviembre).
- Decreto 20/2002, de 24 de enero, por el que se regula el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Secretaría General Técnica de Economía, Hacienda y Empleo
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la comunicación, revisaremos su contenido y la documentación aportada, pero no emitiremos resolución.
Contacto y ayuda
Contacto
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud