Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Estudiantes que han comenzado estudios en el curso 2025-2026 en:
- Una universidad de la Comunidad de Madrid o centro adscrito a la misma cuya sede se encuentra en la Comunidad de Madrid.
- Un centro superior de enseñanzas artísticas superiores.
Están excluidos:
- Estudiantes titulados.
- Estudiantes que están en disposición de obtener el título.
Requisitos
- Tener la siguiente nota media como mínimo (que se calcula según los criterios establecidos en las bases reguladoras):
- Alumnos de nuevo ingreso en la universidad: 12,900 puntos.
- Alumnos que acceden a centros superiores de enseñanzas artísticas: 12,000 puntos.
- Haber realizado la prueba o evaluación de acceso a la universidad en alguna de las universidades públicas del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- Haber cursado el bachillerato europeo o bachillerato internacional en un centro educativo del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- Haberse matriculado en alguna de las siguientes enseñanzas:
- Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado.
- Enseñanzas artísticas superiores adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, conducentes al título superior de enseñanzas artísticas.
- Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Presentar una única solicitud de beca, incluso en caso de estar matriculado en varias enseñanzas universitarias o artísticas. Es importante tener en cuenta que:
- Solo sólo debes solicitar la beca para uno de los turnos disponibles:
- Estudiantes de nuevo ingreso.
- Estudiantes ya matriculados.
- Sólo debes solicitar la beca para una de las enseñanzas disponibles en caso de estar matriculado en ambas:
- Enseñanzas universitarias.
- Enseñanzas artísticas superiores.
- Solo sólo debes solicitar la beca para uno de los turnos disponibles:
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificado oficial de la prueba de acceso a la universidad (PAU o EvAU).
- Certificado de bachillerato en la Comunidad de Madrid.
- Credencial.
- Certificación para alumnos que se encuentren en posesión del título de técnico superior o equivalente, Técnico Deportivo Superior o equivalente o Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño (Anexo I).
- Documento de la entidad bancaria donde consten los datos bancarios (código IBAN, entidad, sucursal, dígito de control y número de cuenta) completos del beneficiario como titular o cotitular de la cuenta.
- Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género.
- Autorización para la presentación de la solicitud por medio de un representante.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 6113/2025, de 21 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia académica, correspondiente al curso 2025-2026, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (turno de estudiantes de nuevo ingreso en la universidad) (BOCM nº 6, de 8 de enero).
- Extracto de la Orden 6113/2025, de 21 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia académica, correspondiente al curso 2025-2026, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (Turno de estudiantes de nuevo ingreso en Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas) (BOCM nº 6, de 8 de enero).
- Orden 1890/2024, de 30 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de becas de excelencia académica y de becas de excelencia académica-deportiva para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 119, de 20 de mayo).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
- Dirección General de Universidades
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Consulta el estado y evolución
Publicaremos las novedades de la convocatoria en el calendario de actuaciones, donde podrás acceder a la consulta sobre el estado de la solicitud. Te enviaremos un mensaje para avisarte:
- A tu correo electrónico o a tu Cuenta Digital, si has solicitado la beca.
- A tu correo electrónico o a tu teléfono móvil si has activado los avisos de la convocatoria, sin necesidad de haber solicitado la beca.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
A continuación, publicaremos la lista provisional de solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con la causa de exclusión. Se abrirá un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde el día siguiente a la publicación. Si la persona solicitante no subsana la solicitud, entenderemos que renuncia a su petición.
Una vez evaluada cada solicitud, la dirección general responsable emitirá la propuesta de resolución, en base a la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de las becas.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 09/01/2026 Fecha de fin: 29/01/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Extensión Universitaria y Alumnos
Horario de atención: De 9:00 a 14:00 horas
Guía de tramitación
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