Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Centros públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Tener autorizada la jornada escolar continuada.
- Haber recibido una propuesta de cambio de jornada escolar por parte del al menos un tercio de los miembros del consejo escolar.
- Haber realizado las consultas necesarias:
- Al claustro.
- Al consejo escolar.
- A las familias.
- Presentar la solicitud entre el 15 de enero y el 15 de marzo de cada año.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Propuesta de cambio de jornada escolar dirigida al presidente del consejo escolar.
- Acta de la consulta al claustro de profesores del centro.
- Acta de la consulta al consejo escolar del centro.
- Acta de la consulta a las familias del centro.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Decreto 94/2025, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la jornada escolar en los centros docentes que imparten segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria y en centros de Educación Especial en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 307, de 26 de diciembre).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito al centro solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Una vez completada, la dirección de área territorial correspondiente emitirá la resolución favorable o desfavorable del cambio de jornada escolar y se lo comunicará al centro solicitante.
En la resolución se tendrán en cuenta los resultados de las consultas, el cumplimiento del procedimiento establecido y el informe elaborado por el Servicio Territorial de Inspección Educativa.
Plazos y efectos del silencio administrativo
1 mes
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Contacto
Dirección de Área Territorial Madrid Capital
Dirección del Área Territorial Madrid Este
Dirección de Área Territorial Madrid Norte
Dirección del Área Territorial de Madrid Oeste
Dirección de Área Territorial Madrid Sur
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud