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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Pago y justificación:

  1. El pago se efectuará con posterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos y la aportación de la totalidad de documentos. Con carácter previo al pago se realizarán las actuaciones precisas para la comprobación material de la subvención.
  2. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención y el resto de documentos finaliza el 30 de septiembre de 2025.
    1. Deberán presentar Cuenta Justificativa (anexos V, VI, VII y VIII).
    2. Certificación de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en la que conste que las cuentas del ejercicio 2023 han sido recibidas por dicho Organismo.
    3. Deberán estar al corriente de pago de la Seguridad Social, Agencia Tributaria y Comunidad de Madrid.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 103/2022, de 31 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la dotación de fondos bibliográficos de sus centros bibliotecarios municipales.

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Recomendaciones técnicas (Anexo IX)
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Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 05/08/2025
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