Información
Información
-
ReferenciaD77
-
Descripción
Las personas farmacéuticas titulares de una oficina de farmacia deben comunicar la designación de la persona farmacéutica que va a trabajar como regente a la dirección general competente en ordenación farmacéutica. Además, deben comunicar:
- Las modificaciones en los datos comunicados
- Su baja y cese del cargo
Si la persona titular de la oficina fallece, las personas herederas deben realizar los trámites anteriores.
La persona designada como regente puede comunicar el cese de su cargo y su propia baja a través del siguiente trámite:
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Personas farmacéuticas titulares de oficinas de farmacia
- Personas herederas de la persona titular, en caso de fallecimiento.
Requisitos
Alta de persona regente
- Tener la licenciatura en Farmacia, el grado de Farmacia o una homologación reconocida.
- Estar colegiado en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid.
- Comunicar el alta en un plazo máximo de 1 mes desde que se produce alguna de las siguientes causas:
- Fallecimiento de la persona farmacéutica titular de la oficina de farmacia
- Jubilación
- Incapacidad
- Declaración judicial de ausencia
- Indicar en el formulario:
- Datos de la persona que lo comunica.
- Datos de la persona representante.
- Datos de la oficina de farmacia.
- Datos de la persona farmacéutica propuesta.
Baja de persona regente
- Comunicar el cese de la persona regente en el plazo máximo de 7 días desde que se produce.
- Indicar en el formulario:
- Datos de la persona que lo comunica.
- Datos de la persona representante.
- Datos de la oficina de farmacia.
- Datos de la persona farmacéutica propuesta
Variación de datos de persona regente
- Comunicar la variación de los datos de la persona regente en el plazo máximo de 7 días desde que se produce.
- Indicar en el formulario:
- Datos de la persona que lo comunica.
- Datos de la persona representante.
- Datos de la oficina de farmacia.
- Datos de la persona farmacéutica propuesta
Documentación
Alta de persona regente
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento acreditativo de la colegiación en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid en la modalidad de regente.
- Vida laboral, contrato o alta de autónomo como Colaborador Familiar que acredite la vinculación laboral con la oficina de farmacia.
- Aceptación del nombramiento de farmacéutico regente, adjunto o sustituto (anexo I).
- Declaración de no incurrir en incompatibilidad para farmacéutico titular de oficina de farmacia (anexo II).
- Si la solicitud de alta es por fallecimiento:
- Copia simple del testamento.
- Certificado de últimas voluntades, donde pueda comprobarse que no existe otro testamento posterior al aportado.
- Si no hay testamento es necesario presentar la declaración de herederos o el acta de notoriedad.
- Autorización de todos los herederos al comunicante del nombramiento de Regente.
- Si la solicitud de alta es por jubilación:
- Resolución por la que se concede la prestación por jubilación del titular de la oficina de farmacia.
- Si es el alta es por incapacidad:
- Documento que acredite la incapacidad.
- Si la solicitud es por declaración judicial de ausencia:
- Resolución judicial de ausencia.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Título de licenciatura en Farmacia, grado en Farmacia o una homologación reconocida.
- Certificado de defunción del titular de la oficina de farmacia, en caso de solicitar el alta por fallecimiento.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Baja de persona regente
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento que acredite la fecha de baja.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Variación de datos registrales
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento que acredite la variación de datos.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite puedes contactar con:
- Área de Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Farmacéuticos
- Dirección: Calle Aduana 29. 28013 Madrid
- Correo electrónico: orden.farm@salud.madrid.org
- Teléfono: 91 426 90 19
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas
Normativa
Ley 13/2022, de 21 de diciembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 304, de 22 de diciembre).
Órgano responsable
- Consejería de Sanidad
- Viceconsejería de Sanidad
- Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la comunicación, si la comunicación y la documentación son correctas enviaremos escrito de acuse de recibo de la comunicación y anotaremos la designación de la persona farmacéutica regente en los archivos de la dirección general competente en ordenación farmacéutica.
Si detectamos que la comunicación no reúne los datos y requisitos exigidos, enviaremos un escrito a la persona interesada para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que la comunicación no se ha realizado. Si se ha subsanado lo necesario enviaremos escrito de acuse de recibo de la comunicación.
Es importante conocer que no realizar el trámite de comunicación puede tener como consecuencia responsabilidades administrativas, penales o civiles.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud