Última actualización: 01/10/2024

Descripción

  • Referencia
    A632
  • Descripción

    Ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para contribuir a la mejora de la cooperación público privada en materia de I+D+i mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por núcleos de innovación abierta en la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 10/09/2024 Fecha de fin: 30/09/2024

Destinatarios

Agrupaciones de personas jurídicas públicas o privadas, que vayan a ejecutar un proyecto innovador en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

Requisitos de las agrupaciones

  1. Estar compuestas como mínimo por una gran empresa y dos PYMES.
  2. Participar en el proyecto un organismo de investigación, bien como miembro de la agrupación o como entidad contratada.
  3. Todos los miembros de la agrupación deben tener el centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
  4. Existir dentro de los miembros de la agrupación, una entidad denominada tractora o coordinadora, que será la interlocutora y representante ante la administración de la agrupación.
  5. Las modificaciones en la composición de las agrupaciones deberán ser autorizadas por la Dirección General competente en materia de Innovación tecnológica.
  6. No podrá disolverse la agrupación o entidad beneficiaria, hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción, excepto en el caso de tener cofinanciación FEDER, en que no podrá disolverse hasta 3 años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación.

Requisitos de miembros

  1. Contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la parte del proyecto que les corresponda.
  2. No podrán participar en el proyecto como subcontratistas.
  3. Reunir los requisitos establecidos en la normativa de subvenciones.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Memoria general descriptiva del proyecto que incluirá un resumen ejecutivo del mismo de un máximo de 55 páginas.
  2. Memoria económica del proyecto (máximo 30 paginas). 
  3. Convenio de la agrupación suscrito por todos sus miembros.
  4. Poder de representación del firmante de la solicitud de la empresa coordinadora del proyecto y de cada uno de los representantes firmantes del documento identificativo de los miembros participantes en la Agrupación.
  5. Impreso de identificación de cada entidad participante en la agrupación debidamente firmado y cumplimentado por el representante de cada entidad participante.
  6. Presupuestos o facturas proforma de proveedores de los gastos a incurrir en la realización del proyecto (para las cuantías establecidas en el artículo 118.1 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público para el contrato menor deberán aportarse 3 presupuestos o facturas proforma diferentes por gasto o la memoria explicativa cuando proceda). Deberá incluir relación numerada firmada por el representante legal cada entidad participante de todos los presupuestos correspondientes a su parte del proyecto.
  7. Solicitud de autorización de la subcontratación firmada por el representante legal de la entidad correspondiente participante en el proyecto, cuando proceda.
  8. Cálculo de la amortización del coste de instrumental y material solicitados firmado por el representante legal de la entidad participante en el proyecto, cuando proceda.
  9. Último recibo pagado del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de todos los municipios en los que esté dado de alta o declaración responsable de la exención de pago, en los casos en que proceda la misma, de cada uno de los miembros de la agrupación.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el caso de que no se autorice su consulta a la Comunidad de Madrid.
  2. Certificado de estar al corriente de pago con Tesorería General de la Seguridad Social de conformidad en caso de que se oponga a su consulta por la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, dispones del correo electrónico: innovacion@madrid.org

Documentación de interés

Tramitación

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y, tras revisarse todas ellas, si se deduce la ausencia o insuficiencia de documentación, se requerirá al interesado para que complete el expediente en diez días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación del requerimiento, con la advertencia de que transcurrido dicho plazo y si no se aporta la documentación requerida, se le tendrá por desistido de su petición. previa resolución expresas.

Por el órgano instructor se notificará a las entidades solicitantes que no cumplan con los requisitos para participar en la convocatoria, la causa de la posible exclusión de la solicitud para que puedan hacer, en diez días, las alegaciones oportunas. Transcurrido el plazo anterior, mediante Orden del Consejero competente en materia de innovación tecnológica, se determinarán las solicitudes excluidas o las que se archivan por desistimiento del interesado, que se notificarán a los interesados.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

  • Extracto de la Orden 3664/2024, de 13 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para 2024 las ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación público privada en materia de I+D+I mediante proyectos de efecto tractor en consorcio (BOCM nº 215, de 9 de septiembre).
  • Orden 3026/2022, de 10 de octubre, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación público privada en materia de I+D+I mediante proyectos de efecto tractor en consorcio. BOCM nº 249, de 19 de octubre.

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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