Programa de subvenciones a entidades locales en el marco del Plan Corresponsables (2024)
Finalizado
Referencia:
A623
Programa para apoyar económicamente a entidades locales de la Comunidad de Madrid para que posibiliten la conciliación de familias con menores hasta 16 años, crear empleo de calidad en el sector de los cuidados y sensibilizar y formar a la sociedad y, en especial a los hombres, sobre corresponsabilidad. Iniciativa que forma parte del Plan Corresponsables del Ministerio de Igualdad.
Programa de subvenciones a entidades locales en el marco del Plan Corresponsables (2024)
Acuerdo de 28 de agosto de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el programa para otorgar subvenciones a entidades locales para la ejecución de proyectos en el marco del Plan Corresponsables de 2024, se autoriza la concesión directa de subvenciones a 111 ayuntamientos y 9 mancomunidades y un gasto por importe de 17.251.352,07 euros para la financiación de dicho programa (BOCM nº 216, de 10 de septiembre).
Órgano responsable
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de la Mujer
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Tramitación
La instrucción de los expedientes de concesión de las subvenciones se llevará a cabo por el orden de entrada, actuando como órgano instructor la Dirección General responsable del trámite.
La concesión de la subvención a los beneficiarios se llevará a cabo de forma directa, mediante Orden de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Si la documentación no reuniera los requisitos exigidos, no se aportara la totalidad de la misma o existieran defectos en la documentación aportada, se requerirá a la Entidad Local beneficiaria para que en el plazo de diez días subsane los defectos advertidos o acompañe los documentos preceptivos. Si así no lo hiciera, podrá lugar a la no concesión de la subvención.