Descripción
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ReferenciaF81
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Descripción
Admisión de alumnado en enseñanzas de Formación Profesional de grado medio en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2024-2025.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 24/06/2024 Fecha de fin: 01/07/2024
Destinatarios
Personas que reúnan las condiciones para acceder a ciclos formativos de grado medio a través de alguna de las siguientes vías:
- Estar en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o del título de Técnico Básico.
- Haber superado una prueba o curso de formación específico para el acceso a ciclos formativos de grado medio.
- Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Superior.
Requisitos
Encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (LOE)
- Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria
- Estar en posesión de un Título Profesional Básico
- Haber superado una prueba de acceso a grado medio o curso de formación específico preparatorio y gratuito para el acceso a ciclos formativos de grado medio en centros autorizados por la Administración educativa.
- Estar en posesión del Título de Técnico o de Técnico Superior
- Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones o estudios declarados equivalentes:
- Título de Técnico Auxiliar.
- Título de Técnico Especialista.
- Acreditar tener un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado Polivalente.
- Título de Bachiller Superior.
- Haber superado el 2º curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
- Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el 3er curso del plan de 1963 o el 2º de comunes experimentales.
- Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
- Titulación universitaria o equivalente.
- Título de Bachiller.
- Haber superado el BUP.
- Haber superado el COU o el Preuniversitario.
- Haber superado uno o varios Grados C integrados en el ciclo formativo.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentación a aportar junto a la solicitud
En función del requisito y la vía de acceso por la que se opta:
- Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (LOE):
- Historial académico o Certificación académica oficial en la que se indique la nota media de los dos últimos cursos de la etapa.
- Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria:
- Libro de escolaridad de la Enseñanza Básica (páginas 25 y 27) o del Título de Graduado en Educación Secundaria o Certificación académica oficial en la que se indique la nota media de los dos últimos cursos de la etapa.
- Estar en posesión de un Título Profesional Básico:
- Título Profesional Básico o Certificación académica oficial en la que se conste la nota media.
- Haber superado una prueba de acceso a grado medio o curso de formación específico preparatorio y gratuito para el acceso a ciclos formativos de grado medio en centros autorizados por la Administración educativa:
- Certificación oficial de haber superado la prueba o el curso.
- Estar en posesión del Título de Técnico o de Técnico Superior:
- Título de Técnico o Técnico Superior, o Certificación académica oficial en la que en la que conste que se ha solicitado el Titulo, y que contenga la nota media del expediente académico.
- Otras titulaciones declaradas equivalentes:
- Título correspondiente en el que aparezca la nota media o Certificación académica oficial.
- Título de Bachiller o la Tarjeta de selectividad o prueba similar, Historial académico, en el conste que se ha solicitado el Titulo o Certificación académica oficial en la que conste que se ha solicitado el Titulo, y que contenga la nota media del expediente académico, sin incluir la materia de Religión.
- Tarjeta de selectividad o Certificación académica oficial de los estudios de BUP que contenga la nota media del expediente académico.
- Tarjeta de selectividad o Certificación académica oficial de los estudios de BUP y COU o de haber superado el Preuniversitario
- Haber superado uno o varios Grados C integrados en el ciclo formativo:
- Certificado profesional.
Si opta por la reserva para personas con discapacidad:
- Certificación oficial expedida por la Comunidad Autónoma.
Si opta por la reserva para deportistas de alto nivel o rendimiento:
- Certificación oficial del CSD o copia autenticada del BOE donde se publica la resolución que incluye al solicitante.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI / NIE del interesado y representante (a efectos de presentación de la solicitud).
- Certificado oficial acreditativo de grado discapacidad emitido por el organismo competente de la Comunidad de Madrid.
- Empadronamiento en la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Escoge la solicitud correspondiente a este proceso de admisión.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren), así como de presentación electrónica.
Si eliges la presentación electrónica, puedes identificarte por alguno de los siguientes medios:
- Autenticación Cl@ve:
- DNI electrónico o Certificado electrónico
- Cl@ve PIN
- Cl@ve Móvil.
- Cl@ve permanente
- Ciudadanos UE
- Autenticación - @SCV, con usuario y contraseña previo registro
- Autenticación - Roble/Raíces, con usuario y contraseña. Las familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a Secretaria Virtual con dichas credenciales.
En aquellos casos en los que la solicitud de admisión no sea presentada por vía telemática, se podrán entregar presencialmente en el primer centro incluido en la solicitud o bien en los lugares habilitados para ello.
Si deseas más información sobre tramitación electrónica pulsa este enlace.
Información Complementaria
Para dudas y consultas sobre este trámite, puedes contactar con las secretarías de los centros docentes en los que se imparten ciclos formativos de grado medio.
Tramitación
Calendario
- 8 de julio
- Publicación de la baremación provisional de las solicitudes.
- Publicación de los listados de excluidos.
- 9 y 10 de julio
- Reclamaciones a la baremación provisional.
- 12 de julio
- Resolución de las reclamaciones y publicación de las listas definitivas de admitidos y no admitidos.
- 15, 16 y 17 de julio
- Período de matriculación de los alumnos admitidos.
- 24 de julio
- Publicación de las listas de admitidos en la 2ª fase.
- 26 y 29 de julio
- Período de matriculación para los solicitantes que se les ha adjudicado plaza en la 2º fase.
- 5 y 6 de septiembre
- Periodo de inscripción de solicitantes no admitidos en el mes de julio para adjudicación de vacantes disponibles.
- 10 de septiembre
- Publicación en los centros docentes de lista de solicitantes.
- 11 y 12 de septiembre
- Periodo de matriculación de solicitantes a los que se ha adjudicado vacantes disponibles en septiembre.
Normativa
- Resolución de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre admisión en ciclos formativos de grado medio en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2024-2025.
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).