Última actualización: 04/03/2024

Descripción

  • Referencia
    L154
  • Descripción

    Reconocimiento de las acciones formativas que habilitan para ejercer las funciones de director en los centros de atención social en la Comunidad de Madrid.

    Una vez reconocida la formación, la administración inscribirá a la persona interesada en el Registro de Directores de Centros de Atención Social.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Personas físicas que hayan superado las acciones formativas habilitantes para ejercer funciones de director de centros de atención social.

Requisitos

  1. Las acciones formativas deben tener una duración mínima de 240 horas, y tener los siguientes contenidos mínimos: 
    1. Módulo de gestión de recursos humanos, que debe incluir materias referidas a legislación laboral, formación y capacitación del personal. 
    2. Módulo de habilidades directivas, con inclusión de las materias referidas a las funciones y responsabilidades del director, información y comunicación interna y externa, y participación en la organización. 
    3. Módulo de gestión económico-financiera: aspectos mercantiles, laborales y tributarios relacionados con la gestión de un centro de atención social. 
    4. Módulo de dirección técnica de los centros de atención social: normativa de servicios sociales, derechos de las personas usuarias, tipología, espacios y equipamientos de los centros, servicios básicos y programas, y características de las personas usuarias. 
    5. Módulo de asistencia social y de la dependencia, con especial referencia a la atención socio-sanitaria.
    6. Módulo de calidad en la prestación de los servicios, con especial referencia a los modelos de gestión de calidad y sistemas de evaluación. 
    7. Módulo de salud laboral y prevención de riesgos laborales, con inclusión de la elaboración del plan de prevención. 
  2. Las acciones formativas realizadas a distancia u online, deberán además acreditar, mediante declaración responsable de la entidad formadora, la identificación del sistema de formación, del personal docente, el sistema de identificación del alumnado y las horas que ha participado en la formación.
  3. Acreditar, en su caso, la no concurrencia de las condiciones establecidas para el ejercicio simultáneo como director en más de un centro de atención social. 
  4. No encontrarse sancionado, con carácter firme, con la inhabilitación para ejercer como director de centro de atención social.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Certificado de capacitación emitido por el titular de la acción formativa previamente homologada por la Comunidad de Madrid.
  2. Certificados acreditativos de haber superado másteres, postgrados u otros cursos de formación no homologados por la Comunidad de Madrid que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 17 del Reglamento del Registro de directores de centros de servicios sociales de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 226/2003, de 6 de noviembre.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Copia del DNI/NIE de la persona solicitante.
  2. Copia del DNI/NIE del representante.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas relacionadas con este trámite puedes contactar a través del correo electrónico: registro.social@madrid.org

Tramitación

La resolución de reconocimiento de las acciones formativas habilitantes para desarrollar funciones de director de centro de atención social determinará la inscripción de oficio en el Registro de directores de centros de atención social de la Comunidad de Madrid, con efectos desde la fecha de la resolución o, en su caso, desde la fecha en que la solicitud se entienda estimada por silencio administrativo. 

Las personas inscritas en el Registro de directores de centros de atención social están obligadas a comunicar a dicho Registro las modificaciones producidas sobre los datos registrados en el plazo máximo de diez días, contados a partir del día siguiente al que se produce la variación. 

Procederá la cancelación de la inscripción por fallecimiento o declaración de incapacidad del director, por incumplimiento sobrevenido de las condiciones exigidas para la inscripción, por renuncia expresa de la persona interesada, por inhabilitación para ejercer como director de centro de atención social, o por incumplimiento del deber de actualizar los datos.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Dos meses
Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Decreto 226/2003, de 06 de noviembre , por el que se aprueba el Reglamento del Registro de directores de centros de servicios sociales de la Comunidad de Madrid.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar