Última actualización: 04/03/2024

Descripción

  • Referencia
    L133
  • Descripción

    Proceso selectivo para la renovación de los vocales en representación del movimiento asociativo del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, órgano consultivo en el que participan los representantes de las personas con discapacidad. 

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 21/11/2023 Fecha de fin: 20/12/2023

Destinatarios

Asociaciones, federaciones de asociaciones, fundaciones, entidades y centros sin fin de lucro de personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid. 

Requisitos

  1. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid. La inscripción en dicho registro será comprobada de oficio por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
  2. Tener como ámbito territorial de su actuación la Comunidad de Madrid.
  3. No perseguir fines lucrativos.
  4. No estar incursa la entidad en procedimiento judicial por impago de deudas tributarias o de seguridad social.
  5. Haber justificado todas las subvenciones públicas concedidas relacionadas con proyectos de atención a personas con discapacidad en el plazo establecido para ello en la correspondiente orden de convocatoria.
  6. Cumplir con las obligaciones que en materia de protección de datos personales impone al responsable de tratamiento la normativa vigente, en particular en lo relativo a las categorías especiales de datos y al ejercicio de los derechos por los titulares de los mismos.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Copia de los estatutos de la entidad.
  2. Acreditación de la capacidad del representante legal de la entidad.
  3. Certificado en el que conste el número de sedes, locales y centros de la entidad; número de plazas de los centros; número de socios en activo y número de usuarios de los servicios y programas que gestiona la entidad.
  4. Cuando se trate de una federación, se aportará, además, un certificado en el que conste la relación de entidades federadas con la información que se especifica en el apartado 4.1 c) de la orden.
  5. Notificación de la identidad de la persona que ocupará la vocalía en representación de la entidad.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Copia del DNI/NIE del representante legal de la entidad.
  2. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para dudas y consultas, puedes contactar a través del correo electrónico: sdcoordinaciondiscapacidad@madrid.org

Tramitación

La dirección general competente en materia de atención a personas con discapacidad examinará las solicitudes presentadas, requiriendo a los solicitantes, en caso necesario, para que en el plazo de diez días hábiles aporten la documentación necesaria o subsanen los defectos observados.

Una vez completada la documentación, se procederá a la valoración de las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la orden.

La comisión de valoración seleccionará las ocho entidades que hayan obtenido mayor puntuación, y notificará la propuesta de resolución provisional por medios electrónicos a los interesados, pudiendo formularse alegaciones ante el titular de la dirección general competente en materia de atención a personas con discapacidad en el plazo de diez días hábiles.

Finalmente, el titular de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales resolverá el proceso de selección.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Tres meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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