Última actuación
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07/06/2024Resolución de la convocatoria
Contra la siguiente orden puedes presentar recurso potestativo de reposición del 7 de junio al 8 de julio de 2024.
Orden 1598/2024, de 17 de mayo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Información
Personas destinatarias
Las candidaturas serán propuestas por el propio interesado, su representante o por cualquier otra persona física.
Requisitos
- Los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Tener una edad comprendida entre los 14 y 30 años, incluidos.
- Ser titular del Carné Joven Comunidad de Madrid.
- Estar domiciliado en la Comunidad de Madrid.
- No se podrán presentar dos candidaturas en la misma modalidad.
- Una misma persona podrá presentarse o ser propuesta a dos o más modalidades con la misma candidatura. En este caso, el Jurado decidirá la modalidad más acorde con la candidatura.
- Junto a la solicitud se entregará una Memoria:
- Deberá elaborarse de acuerdo a las indicaciones que constan en el modelo disponible (Anexo II)
- Deberá reflejar, como mínimo, los méritos en que se fundamente la solicitud.
- Irá acompañada de cualquier tipo de documento que acredite cada uno de los méritos alegados y, opcionalmente, de los apoyos a la candidatura, tanto de personas físicas como jurídicas, que serán libremente valorados por el jurado atendiendo a su relevancia.
- La Memoria y sus documentos y/o material complementario no podrán superar las cinco páginas
Documentación
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Memoria individualizada
- Documentación que acredite cada uno de los méritos alegados
- Apoyos a la candidatura
- Otros documentos justificativos de la pretensión de acceder a estos premios
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- NIF/NIE del candidato
- En su caso, NIF/NIE del representante
- En su caso, NIF/NIE del promotor
- Volante de empadronamiento
- Justificante de ser titular del Carné Joven Comunidad de Madrid
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
El importe total de la subvención es de 60.000 euros. Cada modalidad cuenta con cinco premios con las siguientes cuantías:
- Primer premio: 7.000 euros
- Segundo premio: 5.000 euros
- Tercer premio: 4.000 euros
- Cuarto premio: 2.500 euros
- Quinto premio: 1.500 euros
Más información en la web de Carne Joven
Para dudas y consultas puedes contactar a través del correo electrónico: programa.carnejoven@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 3080/2023, de 26 de octubre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid correspondientes al año 2023 (BOCM nº 258, de 30 de octubre).
- Orden 1339/2021, de 14 de mayo, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los Premios Talento Joven Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 126, de 28 de mayo).
- Orden 3279/2019, de 19 de noviembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 287, de 3 de diciembre).
- Orden 782/2018, de 9 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los premios Talento Joven- Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 172, de 20 de julio).
- Orden 1089/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 100, de 28 de abril).
- Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejera de Educación , Juventud y Deporte se crearon los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid y se establecieron las bases reguladoras de los mismo (BOCM nº 259, de 31 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Juventud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
El jurado, una vez estudiados los expedientes, elevará propuesta de premiados a la Consejería competente que resolverá por Orden que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Calendario de actuaciones
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07/06/2024Resolución de la convocatoria
Contra la siguiente orden puedes presentar recurso potestativo de reposición del 7 de junio al 8 de julio de 2024.
Orden 1598/2024, de 17 de mayo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 31/10/2023 Fecha de fin: 15/11/2023
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Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud