Información
Información
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ReferenciaD40
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Descripción
El funcionamiento en la Comunidad de Madrid de los centros móviles de asistencia sanitaria autorizados en otras comunidades autónomas requiere la comunicación del inicio de actividades junto con la autorización obtenida en la comunidad autónoma de procedencia.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas físicas o jurídicas, titulares de una autorización de funcionamiento de centro móvil de asistencia sanitaria concedida por la autoridad sanitaria de otra comunidad autónoma.
Requisitos
- Realizar la comunicación de inicio de actividad de centro móvil de asistencia sanitaria.
- Disponer de la pertinente autorización de funcionamiento otorgada por la autoridad sanitaria de otra comunidad autónoma o acreditación de haber presentado la correspondiente declaración responsable de autorización sanitaria en otra comunidad autónoma.
Es importante tener en cuenta que podrá dar lugar a responsabilidades penales, civiles o administrativas:
- La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a la comunicación.
- La no presentación de la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de lo declarado, en caso de que así se requiera por la unidad de tramitación.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Documento que acredite la autorización de funcionamiento de la Comunidad Autónoma de procedencia
- Documento acreditativo de la representación, en el caso de que la firma electrónica no acredite la misma.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI o NIE en vigor del representante.
Información adicional
Para más información puedes contactar a través del correo electrónico: autorizacioncentros@salud.madrid.org
Normativa
- Decreto 51/2006, de 15 de junio, sobre Autorizaciones de los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 150, de 26 de junio).
- Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (BOE nº 254, de 23 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Sanidad
- Viceconsejería de Sanidad
- Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Acciones sobre la solicitud
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud