Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez recibida la solicitud de acreditación se comprueba que reúne los requisitos exigidos y que la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid es competente para su tramitación, dando traslado en caso contrario a la Junta Arbitral correspondiente.

El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución será de tres meses, contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico del Instituto Regional de Arbitraje de Consumo.

La resolución del procedimiento agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el presidente de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Concedida la acreditación, ésta se notificará a las personas propuestas, procediéndose a su inclusión en la lista de árbitros acreditados ante la Junta Arbitral de Consumo, que será pública y se mantendrá permanentemente actualizada.

Retirada de la acreditación a los árbitros

El procedimiento podrá iniciarse de oficio o por denuncia de parte interesada y en él serán oídos en todo caso el árbitro y, en su caso, la entidad que lo propuso.

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Criterios Acreditación de Árbitros del Consejo General del Sistema Arbitral de Consumo
Descargar
290.78 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 15/11/2024
¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar