Descripción

  • Referencia
    A388
  • Descripción

    Subvención para la adquisición por parte de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de coches para uso exclusivo de sus policías locales.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que formen parte del Programa de Apoyo a las Policías Locales

Requisitos

  1. Estar dado de alta en NOTE para recibir las notificaciones posteriores. 
  2. La solicitud la debe firmar el Alcalde. En caso contrario, debe de aportar o bien la delegación o bien una autorización por parte del Alcalde.
  3. No estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Anexo II firmado por el Secretario/Interventor del Ayuntamiento sobre datos del parque automovilístico adscrito al cuerpo de policía local y en su caso, acuerdo de colaboración entre ayuntamientos.
  2. Certificación emitida por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, haciendo constar expresamente que las cuentas del Ayuntamiento han sido recibidas por el citado Organismo.
  3. En el caso de que no firme la solicitud el Alcalde, anexo III de autorización de presentación de la solicitud de subvención para el año 2023 para la compra de vehículos policiales destinados a los cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para dudas y consultas, puedes contactar con la Subdirección General de Gestión Administrativa, en el correo electrónico: sgga@madrid.org

Tramitación

Se examina la solicitud por una Comisión de Valoración. Una vez realizada la valoración se comunica por NOTE a los ayuntamientos que les ha correspondido la subvención, por puntuación y dentro del presupuesto destinado a este fin.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
D.G. de Seguridad, Protección Civil y Formación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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