Última actualización: 04/03/2024

Descripción

  • Referencia
    A344
  • Objetivo

    Ayudas para la competitividad y modernización de las PYMES de la Comunidad de Madrid a través de la transformación digital y sostenible (PTRT-NEXT GENERATION UE).

    Tienen la finalidad de financiar proyectos de inversión de contenido tecnológico, innovador y sostenible que incidan en la gestión de la actividad comercial de las pymes y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Empresas y personas titulares de empresas individuales del sector del comercio que tengan la consideración de PYME.
Se consideran PYMES aquellas que ocupen a menos de 250 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual no supere los 50 millones de euros o bien su balance general anual no sea superior a 43 millones de euros.

Requisitos

  1. La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los códigos (CNAE 2009): 45 (Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas), 46 (Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto vehículos de motor y motocicletas) o 47 (comercio al por menor excepto de vehículos de motor y motocicletas). y ser ejercida en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  2. En el caso de comercio no sedentario, se admitirán exclusivamente las modalidades de venta en mercadillos y el comercio itinerante en vehículos-tienda o canales cortos de comercialización. La actividad principal de la empresa debe ser la venta ambulante.
  3. No estar incursos en las prohibiciones establecidas en la normativa de subvenciones.
  4. Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado, con la Seguridad Social y con la Comunidad de Madrid.
  5. Cumplir las obligaciones que establece la normativa en subvenciones.
  6. Cumplir todas las obligaciones contenidas en las bases reguladoras y, en particular, la relativa al mantenimiento de la inversión subvencionada  durante cinco años.
  7. En el diseño y ejecución de las actuaciones subvencionadas, todos los proyectos objeto de la ayuda en todas las fases del diseño, ejecución y justificación de los proyectos y de manera individual para cada actuación, deberán respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm») y las condiciones del etiquetado climático y digital.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Memoria justificativa del proyecto de las acciones para las que solicita la subvención) cumplimentado y firmado por la persona interesada o por el representante legal de la Entidad (Anexo III A).
  2. Declaraciones Responsables, cumplimentadas y firmadas por la persona interesada o por el representante legal de la Entidad. (Anexo V)
  3. En su caso, documentación válida en derecho que acredite la representación.
  4. Presupuestos o facturas proforma, así como una relación de las mismas con indicación del proveedor, concepto, importe sin IVA e importe total.
  5. Certificado del Plan de Prevención de Riesgos Laborales vigente o, en caso de estar exento o disponer de un servicio propio para la ejecución del mismo, declaración responsable ( Anexo VI).
  6. Certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT donde figure el alta, en el correspondiente epígrafe en el establecimiento donde se localice la actuación subvencionable.
  7. En el caso de comercio ambulante, declaración responsable sobre los mercadillos en los que participa con carácter habitual o las rutas de comercio itinerante en vehículos-tienda que realiza.
  8. Informe de Trabajadores en Alta de la Seguridad Social (ITA).
  9. En caso de trabajadores autónomos, recibo del pago de la cuota del régimen del mes anterior a la convocatoria.
  10. Justificante del pago sobre el Impuesto de Actividades Económicas de cada uno de los establecimientos titularidad del solicitante o, en su caso, declaración responsable de estar exento de dicho pago.
  11. En el caso de personas jurídicas, Impuesto de Sociedades del último ejercicio liquidado, excepto empresas de nueva creación, que deberán presentar estimación de los ingresos previstos para el ejercicio en el que se solicita la subvención.
  12. En su caso, si en el establecimiento se ejercen de forma simultánea varias actividades, se deberá presentar documentación acreditativa de la cifra de negocio o de ventas de las distintas actividades económicas, con objeto de acreditar que la actividad principal es subvencionable conforme a CNAE-2009.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el órgano gestor.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Tarjeta de Identificación fiscal de la entidad o DNI/NIE del solicitante.
  2. DNI/NIE de la persona que suscribe la solicitud en representación de la Entidad
  3. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Correo electrónico para información y consultas: gestioneconomica.comercio@madrid.org 

Documentación de interés

Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente
Descargar
1.73 MB

Tramitación

  1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva.
  2. Las solicitudes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden riguroso de incoación, en función de la fecha de su presentación. Se considerará como fecha de presentación aquella en la que las solicitudes reúnan toda la documentación necesaria, una vez subsanadas, en su caso, las omisiones o defectos que en la misma se hubieran apreciado por el órgano instructor.
  3. La resolución de las solicitudes se realizará hasta el agotamiento de los créditos presupuestarios disponibles.
  4. El plazo máximo de resolución del expediente y notificación al interesado será de seis meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación. El transcurso de dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa será suficiente para entender la solicitud desestimada por silencio administrativo.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 27 de octubre , de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las empresas del Sector Comercio que tengan la consideración de Pyme y a las asociaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para apoyar e impulsar la competitividad y modernización a través de la transformación digital y sostenible en el comercio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Nextgeneration EU, y se realiza la convocatoria para el año 2022.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios

Convocatorias anteriores

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar