Última actuación
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21/11/2023Desestimación de solicitudes
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso potestativo de reposición del 22 de noviembre al 21 de diciembre de 2023.
Orden 1452/2023, de 27 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades culturales privadas sin ánimo de lucro.
Requisitos
Requisitos
- Estar inscritos en el Registro autonómico o nacional correspondiente con una antigüedad mínima de dos años con respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se acreditará con la presentación de los Estatutos con la inscripción correspondiente.
- No estar incurso en alguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- Realizar la actividad objeto de subvención en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- No ser beneficiario de una subvención con asignación nominativa en la Ley de Presupuestos vigente en el año de concesión de las ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para la realización de actividades culturales relacionadas con el teatro, la música, la danza, la cinematografía, las artes visuales y la moda como disciplina creativa con cargo al mismo programa presupuestario que financie la convocatoria anual.
Los requisitos deberán mantenerse hasta la fecha de la justificación de la subvención.
Documentación
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Documentación administrativa:
- Declaración de ayudas de mínimis recibidas por la entidad en los últimos dos años sometidas al Reglamento 1407/2013 de la Comisión Europea
- Estatutos de la entidad
- Inscripción en el Registro autonómico o nacional correspondiente
- Certificado del secretario
- Composición órgano gobierno entidad según estatutos
- Declaración responsable de no estar incurso en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones
- Declaración responsable de que ningún miembro del personal (incluido el voluntario), dependiente de la entidad que desarrolla actividades en contacto habitual con menores ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
- Documentación del proyecto cultural:
- Proyecto
- Presupuesto desglosado de gastos y financiación prevista
- Memoria de actividades culturales de los dos años anteriores
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad.
- DNI/NIE del representante de la entidad.
- Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
- Certificado de la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid, acreditativo de la no existencia de deudas en período ejecutivo de pago de la Comunidad de Madrid.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, disponéis del correo electrónico: subvenciones_dgpc@madrid.org
Normativa
- Anuncio del extracto de la Orden 2629/2022, de 28 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para la realización de actividades culturales relacionadas con el teatro, la música, la danza, la cinematografía, las artes visuales y la moda como disciplina creativa en el año 2023 (BOCM nº 37, de 13 de febrero)
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Promoción Cultural
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- Cuando la documentación presentada esté incompleta, se requerirá a los interesados para que en el plazo de diez días subsanen los defectos o, en su caso, completen la documentación, La falta de respuesta a este requerimiento, se entenderá como desistimiento, previa resolución expresa,
- Recibidas las solicitudes en tiempo y forma, la Dirección General responsable, como órgano instructor, emitirá informe .
- Dicho informe se someterá a la Comisión de Entidades Locales y Entidades sin Ánimo de Lucro del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid, órgano colegiado que elaborará la propuesta de resolución.
- Posteriormente, la propuesta de resolución se elevará al titular de la Consejería que resolverá mediante Orden.
- Las órdenes de concesión de ayudas serán notificadas individualmente a los beneficiarios.
- La orden de desestimación de las restantes solicitudes se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
- Los beneficiarios de la subvención, una vez concedida, podrán dirigirse a las entidades financieras colaboradoras de la Comunidad de Madrid para solicitar créditos de hasta el 80 por 100 del importe de la subvención, al amparo de los convenios celebrados por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo con dichas entidades. Las condiciones financieras y el procedimiento a seguir se recogen en la página web de la Comunidad de Madrid.
- El plazo máximo para presentar la documentación justificativa de la subvención es el 1 de diciembre de 2023.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Calendario de actuaciones
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21/11/2023Desestimación de solicitudes
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso potestativo de reposición del 22 de noviembre al 21 de diciembre de 2023.
Orden 1452/2023, de 27 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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16/10/2023Justificación de la subvención. Fecha de fin de plazo : 01/12/2023
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 14/02/2023 Fecha de fin: 06/03/2023
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