Última actuación
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11/05/2023Solicitud de abono de subvención financiada (Anexo IX). Se abre plazo para la justificación de la subvención del 11 de mayo al 31 de diciembre de 2023
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
- Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que sean titulares de tendidos eléctricos de alta tensión.
- No podrán ser beneficiarios de las ayudas la Administración de la Comunidad de Madrid o la Administración General del Estado, ni los entes públicos o las sociedades mercantiles dependientes de los mismos.
- Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarios quienes incurran en alguna de las circunstancias previstas la normativa de subvenciones.
Documentación
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Documentación acreditativa de la titularidad del tendido.(Anexo I)
- En caso de estar representado el solicitante, poder o documento que acredite la representación con la que actúa (Anexo I)
- Si se han solicitado otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la corrección de los mismos apoyos o vanos del mismo tendido que se solicita, se adjuntará la solicitud dirigida al órgano que convoque dichas ayudas o subvenciones (Anexo I)
- Si el titular del tendido desarrolla actividades económicas, se adjuntará documentación que acredite la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda (Anexo I)
- Presupuesto o presupuestos por cada tendido que se solicita subvención, desglosando el IVA (Anexo I).
- Memoria técnica de la propuesta de corrección incluyendo el anexo II de la orden de bases reguladoras (Anexo I)
- Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y autorización a órganos de control al ejercicio de sus competencias en defensa de los intereses financieros de la Unión (Anexo III)
- Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Anexo IV).
- Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) (Anexo VI).
- Declaración responsable sobre solicitud o concesión de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de otros organismos, públicos o privados, nacionales o internacionales. ANEXO VII.
- Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» a los seis objetivos medioambientales expresados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles (Anexo V).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del solicitante
- NIF/NIE del representante
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)(*)
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), en caso de estar obligado(*)
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados
Información adicional
Para consultas relacionadas con el trámite, puede ponerse en contacto a través del correo genérico: haespro@madrid.org
Es recomendable indicar datos de contacto para consultas (teléfono, correo electrónico, etc.), así como tener previstos para las inspecciones los accesos a aquellas partes de las líneas eléctricas que no estuvieran ubicadas en terrenos propiedad del solicitante.
Normativa
- Extracto de la Orden 3195/2022, de 28 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2022 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas con cargo a fondos NextGeneration de la Unión Europea (BOCM nº 238, de 6 de octubre).
- Orden 3195/2022 de 28 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2022 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiadas con cargo a fondos Nextgeneration de la Unión Europea (BOCM nº 238, de 6 de octubre).
- Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión
- Resolución de 6 de julio de 2017, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se dispone la delimitación y la publicación de las zonas de protección existentes en la Comunidad de Madrid en las que serán de aplicación las medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en las líneas eléctricas aéreas de alta tensión recogidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
- Resolución de 14 de marzo de 2022, de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales, por la que se determinan las líneas eléctricas aéreas de alta tensión existentes en zonas de protección aprobadas en la Comunidad de Madrid, que no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
El órgano instructor será la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
Resolución y notificación. El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación a los interesados será de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria. La notificación de la resolución se realizará por el medio señalado en la solicitud de la ayuda
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Calendario de actuaciones
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11/05/2023Solicitud de abono de subvención financiada (Anexo IX). Se abre plazo para la justificación de la subvención del 11 de mayo al 31 de diciembre de 2023
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 07/10/2022 Fecha de fin: 15/11/2022
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Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud