Última actuación
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Ampliación del plazo de presentación de solicitudesSe amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31/12/2023
con motivo de la publicación del Extracto de la Orden de 21 de septiembre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Propietarios de viviendas unifamiliares y edificios y propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios
- Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Sociedades cooperativas compuestas por propietarios de edificios o viviendas
- Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios y cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato con la propiedad que les faculte para acometer las obras de rehabilitación.
- Empresas de servicios energéticos.
Requisitos
- Disponer de proyecto de las actuaciones a realizar. Para el caso de que las actuaciones no exijan proyecto, será necesario justificar en una memoria suscrita por técnico competente
- Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad
- Retirar del edificio o ámbito de actuación aquellos productos de construcción que contengan amianto
- En el caso de edificios de tipología residencial colectiva:
- Al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.
- Las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios
Requisitos de la documentación
- Si la actuación requiere proyecto y en la solicitud inicial se incluye únicamente memoria, se dictará resolución de concesión provisional, condicionada a que en el plazo de 3 meses se presenten los documentos: Proyecto, CEE inicial, justificante de registro, CEE previsto o final, Contrato u oferta aceptada, las tres ofertas y justificante de solicitud de licencia (Declaración Responsable o procedimiento de autorización municipal adecuado a la tipología de la obra) si no constaran en el expediente. Deberán aportar al expediente un compromiso de su presentación en este plazo.
- Si en el momento de presentar la solicitud aún no se ha solicitado la licencia urbanística, se puede alternativamente adjuntar al expediente un compromiso de su presentación en 3 meses desde la notificación de la concesión. En este caso se dictará resolución de concesión provisional, condicionada a que en el plazo de 3 meses se aporte el justificante de la solicitud de licencia (Declaración Responsable o procedimiento de autorización municipal que corresponda).
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid, en función del caso.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Identificación, representación, habilitación y acuerdo/acta obras
- En todos los casos, si se actúa a través de representante se deberá aportar acta de nombramiento de representante, acuerdo de representación, escritura de poder o nota de encargo. Si se trata de una agente o gestor se atenderá al modelo y contenido mínimo descrito en la orden de la convocatoria. (01.pdf)
- En caso de comunidades de Propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y cooperativas (artículo 396 del Código Civil): certificado del secretario o secretario-administrador que refleje el Acuerdo de la Junta de Propietarios de aprobación de las obras (descripción de las obras, presupuesto, empresa…) con el visto bueno del presidente, así como aprobación de solicitud de la subvención. En caso de que los locales de uso diferente a vivienda participen en los costes de la obra, identificación de los mismos. (02.pdf)
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal: Relación de los propietarios y autorización a la consulta NIF + nota simple + Compromisos de ejecución asumidos por cada uno de ellos y el importe de subvención a aplicarle. (03.pdf)
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal: Acuerdo aprobación obras. (04.pdf)
- En caso de empresas arrendatarias, concesionarias contrato que acredite su condición de arrendatario o concesionario. (05.pdf)
- En caso de empresas arrendatarias, concesionarias contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa (06.pdf)
- En caso de propietarios o usufructuarios únicos, administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias del inmueble deben aportar Nota simple que acredite la titularidad (antigüedad inferior a 18 meses). (07.pdf)
- Cuando el solicitante sea inquilino: acuerdo entre propietario y arrendatario para que el último solicite las ayudas, autorización del primero a este respecto. (08.pdf)
- Cuando el solicitante sea inquilino: contrato de alquiler en vigor + último recibo pasado al cobro. (09.pdf)
- Cuando el solicitante sea empresa: Declaración responsable de que la empresa no está en crisis de acuerdo con la definición de «empresa en crisis» que se establece en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014. (10.pdf)
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos
- Copia del NIF del solicitante de la subvención (Comunidades de Propietarios, propietarios únicos, Sociedades, Administraciones Públicas, etc)
- Copia NIF del representante autorizado
- Información catastral del edificio/viviendas.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos al procedimiento.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) (En caso de No autorizar la consulta se aportará el documento consignado como 34.pdf)
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) (En caso de No autorizar la consulta se aportará el documento consignado como 35.pdf)
Justificación de que la intervención es subvencionable
- Proyecto de la actuación a realizar o en su defecto memoria justificativa de la actuación (11.pdf)
- Libro del edificio existente para la rehabilitación o, en su defecto, un estudio sobre el potencial de mejora del edificio o vivienda en relación con los requisitos básicos definidos en la Ley 38/1999. Siempre deberá incluir el IEE en aplicación del art.2.2.b) del Decreto 103/2016. (12.pdf)
- Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de residuos de construcción y demolición, conforme a lo establecido en el Real Decreto 105/2008 (13.pdf)
- Declaración Responsable, firmada por el técnico redactor, del cumplimiento de que el diseño del edificio y las técnicas de construcción contribuyen a la circularidad y, en particular, que evalúen, haciendo referencia a la ISO 20887 (14.pdf)
- Declaración responsable, firmada por el técnico redactor, de cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”, en el sentido establecido en el apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 (15.pdf)
- Declaración Responsable, firmada por el destinatario último o su representante legal, del cumplimiento de Retirar del edificio o del ámbito objeto de la actuación aquellos productos de construcción que contengan amianto (Solo en los elementos en los que se actúa). (16.pdf)
- Certificado de eficiencia energética del edificio existente INICIAL, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado PREVIO en su caso, con todos los elementos y el contenido requeridos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico competente. Incluido el archivo informático del programa de certificación energética utilizado (17.zip)
- Resguardo de presentación en registro de CEE Inicial y/o Etiqueta. (18.pdf)
- Certificado de eficiencia energética del edificio existente PREVISTO, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado INICIAL o PREVIO en su caso, con todos los elementos y el contenido requeridos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico competente. Incluido el archivo informático del programa de certificación energética utilizado (19.zip)
- Certificado de eficiencia energética del edificio existente FINAL, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado INICIAL o PREVIO en su caso, con todos los elementos y el contenido requeridos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico. Incluido el archivo informático del programa de certificación energética utilizado (20.zip)
- Resguardo de presentación en registro de CEE Final y/o Etiqueta (si las actuaciones ya han sido realizadas) (21.pdf)
- En obras superiores a 40.000 €, 3 ofertas de distintos proveedores, excepto que se hubiera firmado el contrato de ejecución con anterioridad a la publicación de la convocatoria. (22.pdf)
- Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado por partidas, mediciones, precios unitarios y totales, con el IVA o el impuesto indirecto equivalente desglosado correspondiente y su aceptación expresa por parte de la Comunidad de Propietarios. En la hoja resumen por capítulos deberá constar la firma y sello de la empresa, su NIF, y la fecha (23.pdf)
- Solicitud y/o licencia urbanística cuando sea precisa, Declaración responsable o autorización municipal análoga, indicando tipología y fecha de solicitud o concesión (24.pdf)
- Si las obras están iniciadas, certificado del inicio de las obras firmado por técnico titulado competente o acta de replanteo, firmada y fechada por director de la obra, empresa constructora y con el visto bueno de la propiedad. (25.pdf)
- Si las obras no están iniciadas, Declaración Responsable de no haber iniciado las obras. (26.pdf)
- Reportaje fotográfico, preferentemente en color, de todas aquellas zonas que se vayan a ver afectadas por las actuaciones de rehabilitación, así como de la fachada principal del edificio. (27.pdf)
Anexos MRR y Convocatoria
- Declaración de cesión y tratamiento de datos PRTR (Anexo II)
- Declaración responsable, sobre el cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo a alguno de los objetivos medioambientales (DNSH) y contribución a la circularidad (Anexo III)
- Declaración responsable sobre compromiso en relación con la ejecución con las actuaciones del PRTR y prevención del fraude (Anexo IV)
- Declaración de conflicto de intereses (DACI) (Anexo V)
- Declaración de ayudas de Estado de minimis (Anexo VI)
- Declaración responsable relativa al cumplimiento del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Anexo VII)
- Declaración responsable sobre cumplimiento de determinados requisitos, compromisos y plazos para obtener la condición de destinatario último en relación con la ejecución de las actuaciones del PRTR (Anexo XI)
En caso de edificio protegido con limitaciones sobre la envolvente
- Memoria justificativa de consecución del ahorro mínimo de energía primaria no renovable y del cumplimiento de los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en la tabla 3.1.1.a – HE1 y 3.1.3.a – HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación en aquellos elementos de la envolvente sobre los que se pueda intervenir. (28.pdf)
En caso de edificio de tipología residencial colectiva
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Relación detallada de las superficies de las viviendas, así como locales y cualquier otro tipo de anejos como garajes o trasteros u otros usos compatibles, con indicación de su superficie construida, referido al estado existente y resultante de la rehabilitación, en su caso , que justifique que al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda con identificación de todas las referencias catastrales. (29.pdf)
En caso de otras subvenciones solicitadas o concedidas
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Declaración responsable relativa a todas las ayudas concedidas, especificando el cumplimiento de los límites establecidos. (30.pdf)
En caso de realización de obras de eficiencia energética en los últimos 4 años
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Certificado de eficiencia energética del edificio existente PREVIO, antes de la actuación realizada en los últimos 4 años, con todos los elementos y el contenido requeridos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico competente. (31.zip)
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Resguardo de presentación en registro de CEE Previo y/o Etiqueta (32.pdf)
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Certificado final de obras de la actuación realizada en los últimos 4 años. (33.pdf)
En caso de ceder el derecho al cobro
1- En caso de ceder el derecho al cobro de la subvención a un tercero, Acuerdo de cesión de derecho del cobro de la subvención (Anexo X)
Ayuda adicional por vulnerabilidad económica
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En todos los casos:
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Si se actúa a través de representante se deberá aportar acuerdo de representación, escritura de poder o nota de encargo. (01.pdf)
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Nota simple que acredite la titularidad o el usufructo (antigüedad inferior a 18 meses). (02.pdf)
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Certificado de empadronamiento colectivo en vigor (03.pdf)
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Anexo de la unidad de convivencia, debidamente cumplimentado y firmado por todos los miembros mayores de edad (04.pdf)
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En caso de tener otras subvenciones solicitadas o concedidas:
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Declaración responsable relativa a todas las ayudas concedidas, especificando el cumplimiento de los límites establecidos. (05.pdf)
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Anexos MRR y Convocatoria:
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Declaración de cesión y tratamiento de datos PRTR (Anexo II)
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La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
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Copia NIF del representante autorizado
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Información catastral del edificio/viviendas.
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Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)
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La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos al procedimiento:
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Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) (06.pdf)
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Datos de renta (07.pdf)
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Normativa
- Extracto de la Orden de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se amplía la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente en la Orden 1429/2022, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan subvenciones para el año 2022, del programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, Programa 3, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU (BOCM nº 282, de 26 de noviembre).
- Extracto de la Orden de 22 de mayo de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se amplía la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente en la Orden 1429/2022, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan subvenciones para el año 2022, del Programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, Programa 3, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU (BOCM nº 139, de 12 de junio)
- Corrección de errores del Extracto de la Orden de 21 de septiembre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se amplía la cuantía del crédito presupuestario y el plazo de solicitudes establecido inicialmente por la Orden 1429/2022, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan subvenciones para el año 2022, de los programas de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, previstas en el real decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU (BOCM nº 235, de 3 de octubre).
- Extracto de la Orden 1392/2023, de 10 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se amplía la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente en la Orden 1429/2022 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan subvenciones para el año 2022, para el programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU. BDNS (630055, 630067, 630069, 630071, 630072, 630074, 630075, 630078, 630083) (BOCM nº 122, de 24 de mayo).
- Orden 49/2023, de 27 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se adapta la Orden 1429/2022, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocaban subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid correspondientes al programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, al programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y al programa de ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, a los cambios introducidos por el Real Decreto 903/2022, que modifica el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU. (BOCM nº 35, de 10 de febrero)
- Orden 48/2023, de 20 de enero, de corrección de errores de la Orden 1429/2022, de 27 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid correspondientes al Programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, al Programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y al Programa de ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU (BOCM nº 22, de 26 de enero).
- Extracto de la Orden 1429/2022 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid correspondientes al programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, al programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y al programa de ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU. (BOCM nº 128, de 31 de mayo)
Órgano Responsable
- Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
- Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
- Dirección General de Vivienda y Rehabilitación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Puedes realizar este trámite sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Calendario de actuaciones
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Ampliación del plazo de presentación de solicitudesSe amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31/12/2023
con motivo de la publicación del Extracto de la Orden de 21 de septiembre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
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Ampliación del plazo de presentación de solicitudesSe amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 30/09/2023
con motivo la publicación del Extracto de la Orden 1392/2023, de 10 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 01/06/2022 Fecha de fin: 30/06/2023
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Guía de tramitación
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