Descripción
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ReferenciaA156
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Descripción
Ayudas a inversiones en el desarrollo y mejora de montes de titularidad privada en la Comunidad de Madrid financiadas por el FEADER, dentro de la medida 8 “Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques”.
Las inversiones pueden ser para:
- Reparación de los daños causados por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes
- Inversiones en ecosistemas forestales
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TasaNo requiere el pago de tasas
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Más información
Calendario de actuaciones
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18/01/2023Solicitud de pago de ayudas para inversiones en el desarrollo y mejora de montes de titularidad privada en la Comunidad de Madrid financiadas por el FEADER. El plazo para la justificación y solicitud de pago de las ayudas concedidas finaliza el 10 de noviembre de 2023
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29/11/2022Propuesta de Resolución definitiva de la Comisión Técnica de Evaluación. Tipo de operación 8.5.1
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29/11/2022Propuesta de Resolución definitiva de la Comisión Técnica de Evaluación. Tipo de operación 8.4.1
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 23/05/2022 Fecha de fin: 10/06/2022
Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, tanto las personas físicas o jurídicas que sean propietarios privados de terrenos forestales situados dentro de todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, como aquellas otras a las que los propietarios privados hayan cedido el uso o disfrute de sus predios, con su consentimiento escrito para solicitar y ejecutar estas inversiones en el desarrollo y mejora de los montes, o con las que se hayan suscrito acuerdos o convenios para la realización de las inversiones previstas en las presentes bases reguladoras, tal como se define en el artículo 94.1 de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
Los beneficiarios deberán cumplir todos los requisitos y obligaciones que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en sus artículos 13 y 14, así como en las bases reguladoras de estas ayudas.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
Las solicitudes de subvención deberán ir acompañadas de la documentación exigida en el artículo 12 de las bases reguladoras y en el apartado decimoquinto de la Orden 1210/2022, de 9 de mayo, de convocatoria para el ejercicio 2022-2023.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- NIF correspondientes, certificado de estar al corriente de pago en Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago en Seguridad Social
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Cada solicitante presentará una única solicitud, bien para el tipo de operación 8.4.1, bien para el tipo de operación 8.5.1, anulándose las solicitudes que incumpliesen esta norma.
El importe máximo de subvención es de 40.000 euros por beneficiario y año.
Documentación de interés
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Normativa
- Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se publican las subvenciones concedidas durante 2022 por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales (BOCM nº 71, de 24 de marzo)
- Extracto de la Orden 1210/2022, de 9 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan para el ejercicio 2022-2023 las ayudas para inversiones en el desarrollo y mejora de montes de titularidad privada en la Comunidad de Madrid, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural FEADER (BOCM nº 119, de 20 de mayo)
- Orden 1284/2021 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para inversiones en el desarrollo y mejora de montes de titularidad privada en la Comunidad de Madrid en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020 financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural FEADER y se aprueba la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2021-2022 (BOCM nº 256, de 27 de octubre)
- Orden 1293/2021, de 22 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, de corrección de error material de la Orden 1284/2021, de 20 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para inversiones en el desarrollo y mejora de montes de titularidad privada en la Comunidad de Madrid en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural FEADER, y se aprueba la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2021-2022 (BOCM nº256, de 27 de octubre)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).