Descripción

  • Referencia
    A136
  • Descripción

    Convocatoria de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos piloto de innovación social, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
    Serán objeto de financiación proyectos de innovación en ámbitos específicos de los servicios sociales en los que existen especiales desafíos para garantizar y modernizar la respuesta social, así como para la mejora y actualización del modelo de atención a las personas en situación de especial vulnerabilidad, tales como las personas en riesgo de exclusión social, las personas mayores, las residentes en entornos rurales, las víctimas de la violencia de género, etcétera.
    Los proyectos deberán tener como temática alguno o algunos de los siguientes ejes:

    1. Eje 1: Promoción de los derechos de las personas, la autonomía y la inclusión social.
    2. Eje 2: Promoción de la participación en el sistema público de servicios sociales.
    3. Eje 3: Transformación digital.
    4. Eje 4: Cuidado de los cuidadores no profesionales.
    5. Eje 5: Inserción sociolaboral.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Entidades con personalidad jurídica propia que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda siempre que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías tal y como se definen a continuación y desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid:

  1. Las entidades del Tercer Sector de Acción Social, tal y como se definen en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social.
  2. Las entidades de la economía social, tal y como se definen en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
  3. Las entidades privadas, con o sin ánimo de lucro, que en sus estatutos tengan como fin la realización de actividades relacionadas con los proyectos a desarrollar.

Requisitos

  1. Disponer de solvencia económica y financiera suficiente para garantizar la ejecución de las actuaciones previstas en la solicitud, estimándose que se cumple este criterio cuando el volumen de ingresos medios en los últimos dos años sea, al menos, el equivalente al presupuesto anual del proyecto que le corresponderá gestionar. Si no se diera esta condición, se entenderá cumplido el requisito cuando el volumen de ingresos medios en los cinco últimos años sea, al menos, el equivalente al presupuesto anual del proyecto que le corresponda gestionar.
    En caso de concurrir asociadas o en agrupación con otras entidades, este requisito se exigirá en referencia al volumen de ingresos medios de la totalidad de miembros de la misma.
  2. Disponer de la estructura y la capacidad administrativa y técnica suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la operación propuesta. La solvencia técnica deberá justificarse en la correspondiente memoria que refleje la disponibilidad de una infraestructura adecuada de medios materiales y humanos.
  3. Demostrar la experiencia previa de la entidad en la temática objetivo de la convocatoria. Se considerará que se cumple este requisito cuando la entidad acredite su experiencia en proyectos vinculados con el eje de la convocatoria al que se refiera su solicitud durante los últimos dos años.
  4. En el caso de desarrollar programas o actividades de voluntariado, cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 13 y 14 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado.
     

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Memoria explicativa de la/s entidad/es (Anexo 1)
  2. Memoria explicativa del proyecto (Anexo 2)
  3. Descripción de la propuesta (Anexo 3)
  4. Declaración responsable (Anexo 4)
  5. Declaración de compromisos (Anexo 5)
  6. Copia auténtica de los estatutos debidamente legalizados
  7. Documento acreditativo de la inscripción de los estatutos, así como de sus diferentes modificaciones, en el registro administrativo correspondiente
  8. Documentación acreditativa de la inscripción de la entidad en cualquiera de los Registros Mercantiles, de Asociaciones, de Fundaciones u otros
  9. Poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la entidad
  10. Certificación del representante legal de la entidad en la que conste la identificación de sus directivos, miembros de su patronato u órgano directivo, así como la fecha de su nombramiento y modo de elección
  11. Certificado de la entidad bancaria en el que conste el número de cuenta del que es titular la entidad beneficiaria directa
  12. Cuentas anuales de la entidad beneficiaria, referidas al último ejercicio cerrado en la fecha de presentación de la solicitud

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Documento Nacional de Identidad de la persona representante de la entidad
  2. Tarjeta de identificación fiscal
  3. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Contacto para consultas: innovacion.social@madrid.org, indicando en el asunto: MRR SUBVENCIONES

Documentación de interés

Proyectos piloto de innovación social
Descargar
6.31 MB

Tramitación

El órgano competente para la ordenación y la instrucción del procedimiento es la Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.

Las solicitudes admitidas a trámite serán valoradas por una Comisión de evaluación, de conformidad con los criterios para valoración de los proyectos.

La evaluación de los proyectos dará lugar al establecimiento de una prelación entre los mismos, según la puntuación obtenida de acuerdo con los criterios de valoración, tras haber comprobado el cumplimiento íntegro de los criterios de selección obligatorios.

Las subvenciones se concederán a los solicitantes que hayan obtenido mayor puntuación, de modo que se irán asignando las ayudas en la cuantía solicitada, que no podrá exceder del límite previsto, a partir del primero de la lista y en orden descendente hasta agotar el crédito total disponible.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 1471/2022, de 27 de junio , de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos piloto de innovación social, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextGenerationEU.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación

Esta ayuda se otorga al amparo de la subvención concedida por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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