Última actuación
-
05/05/2022Se abre plazo de subsanación del 05/05/2022 al 17/06/2022.
Información
Información
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Destintarios
Asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones, sin ánimo de lucro, que lleven a cabo actividades para la promoción, formación y/o integración de la juventud, y que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid o, en su caso, en el de ámbito estatal.
- Desarrollar su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.
- Carecer de ánimo de lucro y disponer de plena capacidad jurídica y de obrar.
- Que sus fines y actividades sociales sean compatibles con la finalidad de la convocatoria y con el contenido del proyecto presentado.
- No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable.
- No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones establecidas en la normativa de subvenciones.
- Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Llevar a cabo el tratamiento de los datos de carácter personal necesarios para la realización de los proyectos para los que se solicita la subvención, de conformidad con la normativa aplicable al tratamiento de datos personales.
Documentación
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Memoria del proyecto (Anexo III).
- Memoria general de la entidad. (Anexo IV)
- Estatutos de la entidad.
- Documentación acreditativa de la inscripción de la entidad en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid o en el de ámbito estatal.
- Documentación acreditativa de que el solicitante tiene la capacidad de representación legal de la entidad.
- Declaración responsable del representante legal (Anexo V)
- Declaración responsable del representante legal sobre otras ayudas solicitadas/obtenidas para el desarrollo del proyecto (Anexo VI)
- Declaración sobre las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso. (Anexo VII)
- Declaración responsable del representante legal de que nadie del personal (incluido el voluntario) que realiza actividades para el desarrollo del proyecto objeto de la subvención, que implican contacto habitual con menores, ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual (Anexo VIII)
- En caso de que en el desarrollo del proyecto participen voluntarios de la entidad, declaración responsable del representante legal indicando que estos voluntarios no cuentan con antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos, o por delitos de tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas, o por delitos de terrorismo. (Anexo VIII)
- Autorización para consulta de datos personales (Anexo IX).
- Documentación acreditativa de la delegación en favor de la entidad que actúa en representación de la agrupación, en su caso.
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas y justificante de pago o, en su caso, documentación acreditativa de estar exento del pago de dicho impuesto.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- NIF, NIE o tarjeta de identificación de extranjeros (TIE), del representante legal de la entidad
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible)..
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados
Normativa
- Extracto de la Orden 479/2022, de 15 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan subvenciones a asociaciones, para el desarrollo de acciones formativas para jóvenes, en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal en la Comunidad de Madrid, para 2022 (BOCM nº 91, de 18 de abril)
- Orden 785/2019, de 28 de mayo, del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones para el desarrollo de acciones formativas para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 134, de 7 de junio)
- Orden 1313/2020, de 19 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se modifica la Orden 785/2019, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones, para el desarrollo de acciones formativas para jóvenes, en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal, en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 158, de 1 de julio).
- Orden 17/2022, de 13 de enero, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se modifica la Orden 785/2019, de 28 de mayo, por la que
se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones, para el desarrollo de acciones formativas para jóvenes, en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal, en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 16, de 20 de enero)
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Juventud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Si la solicitud no reúne los requisitos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
La resolución se notificará electrónicamente a las entidades solicitantes.
Las solicitudes sobre las que no haya recaído resolución expresa y no se haya notificado en el plazo de tres meses se entenderán desestimadas.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Calendario de actuaciones
-
05/05/2022Se abre plazo de subsanación del 05/05/2022 al 17/06/2022.
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 19/04/2022 Fecha de fin: 03/05/2022
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud