Última actualización: 16/10/2024

Descripción

  • Referencia
    3311
  • Descripción

    Cuando en las empresas se convoquen elecciones para elegir representantes de los trabajadores, posteriormente deberán inscribirse y depositarse en un Registro los resultados de dichas elecciones sindicales.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

  1. Preaviso registrado.
  2. Que la entrega de las actas de los resultados electorales a representantes de los trabajadores en la empresa, sea efectuada por el presidente de la mesa, o por delegación por escrito, por el secretario o el vocal de la citada mesa (previa presentación en ambos casos del D.N.I.).

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa comité de empresa solicitud de registro de actas y documentación complementaria

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Autorización, en su caso, del Presidente de la Mesa electoral
  2. Acta de constitución de la mesa electoral (modelo 3)
  3. Acta de constitución de la mesa electoral del colegio (modelo 4)
  4. Acta de escrutinio de miembros de Comité de Empresa (modelo 6)
  5. Acta Global de escrutinio de miembros de Comité de empresa (modelo 7)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas a ello, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF o NIE

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa delegados de personal solicitud de registro de actas y documentación complementaria

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Autorización, en su caso, del Presidente de la Mesa electoral
  2. Acta de constitución de la mesa electoral (modelo 3)
  3. Acta de escrutinio de delegados de personal (modelo 5)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas a ello, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF o NIE

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Elecciones a órganos de representación de los funcionarios en la administración pública. Juntas de personal solicitud de registro de actas y documentación complementaria

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Autorización, en su caso, del Presidente de la Mesa electoral
  2. Acta de constitución de la mesa electoral (modelo 3)
  3. Acta parcial de escrutinio para Juntas de Personal (modelo 7)
  4. Acta global de escrutinio para Juntas de Personal (modelo 8)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas a ello, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF o NIE

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Elecciones a Órganos de Representación de los Funcionarios en la Administración Pública. Delegados de Personal Solicitud de Registro de Actas y documentación complementaria

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Autorización, en su caso, del Presidente de la Mesa electoral
  2. Acta de constitución de la mesa electoral (modelo 3)
  3. Acta de escrutinio de delegados de personal (modelo 6)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas a ello, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF o NIE

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Preguntas frecuentes relacionadas con este procedimiento (ver sección Documentación de Interés)

Documentación de interés

Preguntas frecuentes
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Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Trabajo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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