Descripción
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Referencia69
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Descripción
Registro de Sociedades Agrarias de Transformación e inscripción, calificación y certificación de los actos que se produzcan con posterioridad a su constitución.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se deben aportar junto a la solicitud:
- Para inscripción en el Registro:
- Autorización para consulta de datos personales
- Acta Fundacional
- Estatutos Sociales
- Fichas de los socios
- Memoria
- Acreditación de la condición por la que se asocian
- Acreditación desembolso del capital social
- Valoraciones de aportaciones no dinerarias al capital social
- Certificación de Acta Junta Rectora/Asamblea General
- Otros
- Para presentación de cuentas:
- Memoria de actividades
- Balance de situación
- Cuenta de resultados
- Relación de socios
- Certificación de Acta Junta Rectora/Asamblea General
- Otros
- Para disolución, liquidación y cancelación:
- Acuerdo de disolución de la Asamblea General
- Nombramiento de la Comisión Liquidadora
- Relación de bienes a liquidar
- Relación de socios
- Balance final
- Certificación de Acta Junta Rectora/Asamblea General
- Otros
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- NIF/NIE
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
En Documentación de Interés, hay documentos orientativos para ayuda en la tramitación.
Documentación de interés
Normativa
- Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se ordena la publicación de los modelos de impreso “Solicitud de actuaciones en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación” y “Anexo - Autorización para consulta de datos personales” (115F1 y 115FA1, respectivamente) (BOCM nº 310, de 29 de diciembre).
- Resolución de 5 de febrero de 2010, del Director General del Medio Ambiente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 92 de 19 de abril).
- Decreto 132/1996, de 11 de septiembre, por el que se crea y regula el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 235, de 2 de octubre).
Órgano responsable
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- 24 abril 2005
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).