Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Documentación
No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.
Información adicional
Los empleados públicos pueden cambiar cuantas veces quieran los beneficiarios, no considerándose criterio para nueva declaración, el cambio de consejería o domicilio.
El órgano responsable de recibir y gestionar las solicitudes será la Subdirección de Personal de cada Consejería.
Normativa
- Acuerdo sectorial para personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid.
- Convenio Colectivo único para el personal laboral de la Comunidad de Madrid
- Resolución de 20 de julio de 2011, de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, por la que se publica modelo de impreso correspondiente al procedimiento denominado “Declaración de beneficiarios por fallecimiento” (BOCM nº 190, de 12 de agosto).
Órgano responsable
- Órgano competente para tramitar la solicitud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- El empleado presentará en el Registro de documentos el formato 93F1, que consta en el apartado Tramitar.
- El Registro escaneará la solicitud, dejando constancia de la presentación de la misma (excepto tramitación electrónica).
- Las Subdirecciones de Personal y las unidades de personal de los Organismos informarán en la aplicación SIRIUS, el número de registro de documento y documento de identificación de la solicitud de los beneficiarios que recibirán la indemnización en caso de fallecimiento del empleado.
- Las unidades encargadas de personal, visualizarán el documento y confirmarán que el mismo conste en SIRIUS.
- La declaración de beneficiarios es un documento asociado al empleado con independencia de la relación de servicios/contractual por lo que figurará en el Sistema de Información de Personal asociado al NIF y podrá visualizarse en las sucesivas y diferentes unidades de personal a las que resulte adscrito
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud