Descripción
-
Referencia464
-
Descripción
Solicitud de inscripción en el Registro de Sociedades Cooperativas respecto a la inscripción de la constitución, disolución, liquidación, adaptación y otros acuerdos sociales.
-
TasaNo requiere el pago de tasas
-
Más información
Requisitos
El interesado o representante, mediante solicitud, acompañando:
- Escritura pública notarial en caso de constituciones. Deberá aportar una copia autorizada electrónica notarial con un código seguro de verificación.
- Escritura pública notarial en casos de disolución, liquidación, modificación de estatutos y apoderamientos. Deberá aportar una copia autorizada notarial.
- En otros acuerdos sociales, se pueden acreditar en el Registro mediante certificado con firmas digitales o certificado con firmas manuscritas legitimadas por notario.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
- Copia autorizada electrónica notarial.
- Copia autorizada notarial.
- Certificado con firmas digitales.
- Certificado con firmas manuscritas legitimadas por notario.
- Otros documentos inscribibles.
- Copia autorizada electrónica notarial.
- Copia autorizada notarial.
- Certificado con firmas digitales.
- Certificado con firmas manuscritas legitimadas por notario.
- Otros documentos inscribibles.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Si necesita alguna aclaración o ampliar la información sobre este procedimiento, puede solicitarla a través del buzón de correo electrónico entidades_economia_social@madrid.org.
Documentación de interés
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa efecto silencio
Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña
Caso 1: Inscripción de acuerdos sociales de fusión, escisión, cesión de activo y pasivo, disolución y liquidación- extinción de cooperativas; legalización de libros sociales de cooperativas y depósito de cuentas.
- Plazo de resolución: 3 meses
- Efecto del silencio: Desestimatorio
Caso 2: Expedición de certificados de inexistencia de obstáculos al acuerdo social de transformación de cooperativas en entidades de otra naturaleza.
- Plazo de resolución: 2 meses
- Efecto del silencio: Estimatorio
Caso 3: Inscripción de acuerdos sociales de cambio de domicilio de cooperativas, de modificación de estatutos de cooperativas y de otros acuerdos sociales de cooperativas distintos del anterior.
- Plazo de resolución: 2 meses
- Efecto del silencio: Estimatorio
Caso 4: Inscripción de escritura de constitución de Sociedades Cooperativas Madrileñas.
- Plazo de resolución: 3 meses
- Efecto del silencio: Estimatorio
Normativa
- Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 87, de 14 de abril de 1999).
- Decreto 177/2003, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid. (Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid)
- Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, de aplicación supletoria, (BOE nº 170, de 17 de julio de 1999).
- Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas (BOE nº 40, de 15 de febrero de 2002).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015)
Órgano responsable
Te puede interesar
Registro de Cooperativas: reserva de denominación de cooperativas
24 abril 2005Registro de Cooperativas: Legalización de libros
24 abril 2005Registro de Cooperativas. Depósito de cuentas anuales
24 abril 2005Registro de Cooperativas. Subsanación del depósito de cuentas anuales
07 noviembre 2024Registro de Cooperativas: expedición de certificados, notas simples y fotocopias diligenciadas
24 abril 2005
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).