Descripción
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Referencia347
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Descripción
Registro y puesta en servicio de instalaciones interiores de suministro de agua.
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TasaRequiere el pago de tasas
Requisitos
Instalaciones que requieren proyecto:
• Instalaciones con batería de contadores divisionarios (más de 25 contadores)
• Instalaciones individuales para cualquier destino con caudal de más de 6 l/s
• Edificios de más de 15 alturas
• Instalaciones que utilicen más de 7 fluxores
• Instalaciones receptoras con diámetro de tubo de alimentación igual o superior a 65 mm.
Documentación a presentar
• Instalaciones que requieren proyecto
1. Solicitud de conformidad de instalaciones interiores de suministro de agua. Resumen técnico, en modelo normalizado por las EICI.
2. Proyecto específico de la instalación, que será suscrito por técnico competente.
3. Certificado de dirección y terminación de obra de instalación interior de suministro de agua. Acta de prueba de presión, por triplicado en modelo normalizado por las EICI.
4. Copia del certificado de empresa instaladora de fontanería en vigor.
• Instalaciones que no requieren proyecto
1. Solicitud de conformidad de instalaciones interiores de suministro de agua. Resumen técnico en modelo normalizado por las EICI.
2. Certificado de dirección y terminación de obra de instalación interior de suministro de agua. Acta de prueba de presión, por triplicado en modelo normalizado por las EICI.
3. En aquellas instalaciones individuales, para cualquier destino, con caudal superior a 3 litros por segundo e igual o inferior a 6 litros por segundo, será necesario presentar una memoria con el cálculo de los diámetros de las tuberías de la instalación, firmada y sellada por la empresa instaladora autorizada de fontanería que ejecute la instalación.
4. Copia del certificado de empresa instaladora de fontanería en vigor.
Presentación de solicitudes
Información Complementaria
El registro por parte del órgano competente de cada comunidad autónoma de las instalaciones interiores de suministro de agua que se lleven a cabo es condición necesaria para la puesta en servicio de la instalación. En el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid se establece la intervención de las Entidades de Inspección y Control Industrial (EICI) en el procedimiento administrativo para el registro de las instalaciones interiores de suministro de agua.
Documentación de interés
Tramitación
Ver apartado Información relacionada.
Normativa
* Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. (BOE número 74 de 28/3/2006).
* Orden 639/2006, de 22 de marzo, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se establece el procedimiento para el registro de puesta en servicio de las instalaciones interiores de suministro de agua (BOCM de 25 de abril de 2006).
* Orden de 12 de marzo de 2014, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establece el procedimiento para el registro de puesta en servicio de las instalaciones de protección contra incendios en establecimientos no industriales en la Comunidad de Madrid (BOCM de 12 de marzo 2014).
* Resolución de 19 de junio de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se aprobaban los procedimientos de actuación de las Entidades de Inspección y Control en los Campos definidos en las Ordenes de desarrollo del Real Decreto 38/2002 (BOCM de 22 de julio de 2009)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).