Descripción
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Referencia66194
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Descripción
El Plan Alquila de la Comunidad de Madrid pone a disposición de los propietarios de viviendas, un servicio integral para que puedan poner en alquiler su vivienda con seguridad y plenas garantías. Se trata de inscribir la vivienda objeto de alquiler en el Plan Alquila, por parte del propietario o arrendador de la misma.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
- Los propietarios que quieran arrendar su vivienda a través de este servicio deberán aportar la documentación solicitada junto a la solicitud correctamente cumplimentada y firmada por el interesado (se deberá cumplimentar y firmar una solicitud por cada propietario de la vivienda).
- Para ser registrada una vivienda en el Servicio Plan Alquila deberá cumplir con los requisitos de habitabilidad y contar con el alta de los suministros (agua, gas y electricidad) encontrándose todos ellos al corriente de pago.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Copia de las escrituras de la vivienda o Nota Simple.
- Relación de las escrituras de compraventa que se adjuntan a la presente solicitud.
- Copia del recibo del IBI.
- Copia del recibo del seguro multirriesgo del hogar.
- Copia de la Etiqueta de Eficiencia Energética.
- Persona física: Copia del DNI del propietario o propietarios.
- Persona jurídica: DNI del apoderado.
- Persona jurídica: NIF de la empresa.
- Persona jurídica: Copia de la escritura de poder.
- Comunidad: Copia del DNI del presidente.
- Comunidad: Copia del acta de la Junta de Propietarios en la que se acordó alquilar la vivienda.
- Comunidad: Copia del croquis descriptivo de la vivienda.
- Vivienda de Protección: Copia de la Cualificación Definitiva.
- Poder notarial: Copia del DNI del apoderado.
- Poder notarial: Copia escritura de apoderamiento.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para más información pueden dirigirse a:
- Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid
- Dirección: Avda. de Asturias, 30. 28029 Madrid
- Horario: lunes a viernes de 9 a 17h.(Agosto: lunes a viernes de 9 a 14h.)
- Oficina de Información de Vivienda Pública de la Comunidad de Madrid
- Dirección: Calle Braganza s/n. 28025 Madrid
- Horario: lunes a viernes de 9 a 14h.
- En la dirección de correo electrónico info@planalquila.madrid.org.
- Llamando al 012 eligiendo en la opción vivienda.
- Para jóvenes entre 18 y 35 años, en cualquier punto de información de la Red de Bolsas de Vivienda Joven en Alquiler de la Comunidad de Madrid.
- En las oficinas de atención al ciudadano de Ayuntamientos colaboradores: Alcorcón, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón y Torrelodones.
- Centro de Información y Asesoramiento Universitario de la Comunidad de Madrid
- Dirección: C/ Alcalá, 32 (planta baja) 28014 Madrid
- Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 h.
- También puede obtener información en el siguiente enlace.
Normativa
- Orden de 16 de octubre de 2014, por la que se modifica la Orden 1/2008, de 15 de enero, por la que se establecen las medidas de fomento al alquiler en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 253, de 24 de octubre).
- Resolución de 8 de abril de 2014, de la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se publican los modelos de impresos normalizados para los procedimientos denominados solicitud de alta de vivienda y encargo de alquiler a “Plan Alquila” y solicitud estudio de solvencia “Plan Alquila” (Ed. 61.14) (BOCM nº 99, de 28 de abril).
- Orden de 29 de mayo de 2013, de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se modifica la Orden 1/2008, de 15 de enero, por la que se establecen las medidas de fomento al alquiler en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 131, de 4 de junio).
- Orden 61/2008, de 4 de marzo, por el que se crea el Consejo Arbitral para el alquiler en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 60, de 11 de marzo).
- Acuerdo de 12 de septiembre de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid en Materia de Vivienda y se determina la cuantía de los precios públicos por servicios del Plan Alquila. (BOCM nº 218 de 13 septiembre).
- Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (BOE nº 150 de 23 de junio).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).