Tramitación

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

El expediente se tramitará en el plazo máximo de tres meses desde la entrada de la solicitud. Si se observan defectos subsanables se requerirá a los interesados para que dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación subsanen o presenten la documentación requerida. De no aportarlo en el plazo anteriormente indicado se le tendrá por desistido de su petición

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Tres meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Decreto 96/1997, de 31 de juliopor el que se crea el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid (BOCM de 11 de agosto de 1997).

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 11/03/2026
¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar