Descripción
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Referencia87993
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Descripción
La intermediación en riesgos psicosociales es un proceso de carácter mediado para el tratamiento, gestión, solución y prevención del conflicto psicosocial en las relaciones de trabajo en el medio laboral, corrección de los estresores que la originan y sus consecuencias (malestar, estrés, burnout, acoso laboral).
Requisitos
La solicitud la pueden presentar tanto afectados como agentes de la relación laboral que deseen la iniciación del procedimiento de Intermediación: Trabajadores, Agentes sociales, Delegados de Prevención, Comités de Empresa , Comités de Seguridad y Salud, trabajador designado, Servicio de Prevención Propio o Ajeno, Empresa o Representantes de la Empresa.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
Se deberá señalar los hechos que se consideren relevantes para la solicitud que se tramita.
Se deberá realizar una breve descripción de las actuaciones que se solicitan a consecuencia de los hechos descritos en el punto anterior. No es preciso aportar ninguna otra documentación a la solicitud de actuación.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Proporciona desde la acción mediada formal y el enfoque psicosocial de la prevención de riesgos laborales: asesoramiento, intervención mediada y evaluación final sobre el conflicto relacional y sus consecuencias (estrés, acoso laboral,…). Proporciona asimismo un sistema de apoyo, así como estrategias y recursos en habilidad social para trabajadores, Técnicos y Gerentes en la gestión y resolución del conflicto.
Normativa
- Resolución de 25 de julio de 2019, de la Gerencia del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, por la que se ordena la publicación de un impreso normalizado para el procedimiento de prevención de riesgos laborales. Solicitud de intermediación en prevención de riesgos psicosociales en el ámbito laboral (BOCM nº 190, de 12 de agosto)
- Decreto 56/2005, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la estructura orgánica del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Artículo 2. Asimismo, en su condición de órgano de ejecución, ejercerá las siguientes funciones: l) Llevar a cabo el análisis, la mediación e intermediación en materia de acoso psicológico en el trabajo.
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).