Información y documentación
-
Información
TasaNo requiere el pago de tasas -
Personas destinatarias
Empleados públicos de cualquier Administración pública, preferentemente de la Comunidad de Madrid:
- Funcionarios de carrera.
- Personal laboral fijo
No podrán formar parte de Tribunales de personal funcionario ni de personal laboral:
- El personal que se encuentre en los siguientes supuestos:
- funcionarios interinos
- personal laboral temporal
- personal eventual
- personal de elección o designación política
- Empleados públicos que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas o hubieran colaborado de algún modo en centros de preparación de oposiciones, en los cinco años anteriores, en el mismo cuerpo, escala, categoría profesional y, en su caso, especialidad, para el que se presente solicitud.
-
Requisitos
- Para formar parte de Tribunales de personal funcionario:
- Tener la condición de funcionario de carrera en la situación de servicio activo,
- prestar servicios en la Administración de la Comunidad de Madrid o en otra Administración Pública y
- poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo, escala o especialidad objeto de la convocatoria.
- Para formar parte de Tribunales de personal laboral:
- Tener la condición de personal laboral fijo en activo o personal funcionario de carrera en la situación de servicio activo,
- prestar sus servicios en la Administración de la Comunidad de Madrid o en otra Administración Pública y
- pertenecer a un grupo profesional (personal laboral), o a un grupo o subgrupo de clasificación (personal funcionario), igual o superior al grupo profesional al que corresponda la categoría profesional y, en su caso, especialidad objeto de convocatoria.
- Para formar parte de Tribunales de personal funcionario:
-
Documentación
- Este procedimiento no requiere la aportación de documentos junto a la solicitud.
-
Información adicional
La designación de los miembros de los tribunales de selección se efectuará mediante sorteo notarial entre los candidatos propuestos.
-
Normativa
- Resolución de 13 de junio de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban instrucciones para la participación voluntaria como miembro en los tribunales de selección de personal funcionario y laboral de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 164, de 12 de julio)
-
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Hacienda y Función Pública
- Dirección General de Función Pública
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez recibidas las solicitudes de participación voluntaria serán tenidas en cuenta a efectos de la realización del sorteo notarial de designación de miembros de Tribunal.
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud