Información y documentación
Información
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Personas destinatarias
Empresas
Requisitos
Puedes consultar aquí los requisitos en expedientes de regulación de empleo.
Documentación
Extinción, suspensión de contratos, o reducción de jornada fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
Inicio del procedimiento:
Documentación común:
- Acreditación del representante de la empresa.
- Acreditación de los representantes de las personas trabajadoras.
- En su caso, formación a personas trabajadoras.
- Acta de inicio del período de consultas.
- Especificación de las causas del despido colectivo, suspensión o reducción de jornada.
- Relación nominal de personas trabajadoras afectadas.
- Concreción de los criterios de las personas trabajadoras afectadas.
- Memoria explicativa.
- Solicitud de emisión de informe relativo al art. 64.5 a) y b) del Estatuto de los Trabajadores.
- Plan de recolocación externa, en caso de que el despido colectivo afecte a más de 50 personas trabajadoras.
- Convenio Especial, si fuera necesario.
- Declaración de concurso de acreedores, en su caso.
- Aportaciones económicas, si fuera obligatoria.
- Copia de la comunicación de la empresa informando de la intención de iniciar el procedimiento.
- Representantes de la comisión negociadora o indicación de la falta de constitución de la misma.
- Período previsto para realización de despidos o concreción de las medidas de suspensión de contratos o reducción de jornada.
En caso de suspensión de contratos y reducción de jornada por causas económicas (artículo 18 del Real Decreto 1483/2012):
- Informes técnicos que acrediten las causas aducidas.
- Cuentas anuales auditadas del último ejercicio completo o declaración de exención de auditoría en su caso.
- Cuentas provisionales firmadas por representante de la empresa o exención de auditoría en su caso.
- Si la situación alegada consiste en previsión de pérdidas: Criterios utilizados para la estimación de la previsión de pérdidas e informe técnico sobre el carácter transitorio de las mismas.
- Si la situación alegada consiste en disminución persistente del nivel de ingresos o ventas: Documentación fiscal o contable de los dos trimestres consecutivos anteriores al inicio del procedimiento.
- Cuando se trate de grupo de empresas: Cuentas consolidadas auditadas del último ejercicio económico completo, así como Cuentas Provisionales firmadas por representantes de la empresa.
- Grupo de Empresas sin obligación de formular Cuentas Consolidadas: Cuentas de empresas del grupo auditadas.
En caso de suspensión de contratos y reducción de jornada por causas técnicas, organizativas o de producción: (artículo 18 del Real Decreto 1483/2012):
- Memoria explicativa.
- Informes técnicos que acrediten las causas aducidas.
En caso de despido colectivo por causas económicas (artículo 4 del Real Decreto 1483/2012):
- Cuentas anuales auditadas de los dos últimos ejercicios económicos completos o declaración de exención de auditoría, en su caso.
- Cuentas provisionales firmadas por representante de la empresa o declaración de exención de auditoría en su caso.
- Si la situación alegada consiste en una previsión de pérdidas: Criterios utilizados para la estimación de previsión de pérdidas e informe técnico sobre el carácter transitorio de las mismas.
- Si la situación alegada consiste en disminución persistente del nivel de ingresos o ventas: Documentación fiscal o contable de los tres trimestres consecutivos anteriores al inicio procedimiento.
- Cuando se trate de grupo de Empresas: Cuentas Consolidadas auditadas de los dos últimos ejercicios económicos completos, así como Cuentas Provisionales firmadas por representantes de la empresa.
- Grupo de Empresas sin obligación de formular Cuentas Consolidadas: Cuentas de empresas del grupo auditadas.
En caso de despido colectivo fundado en causas técnicas, organizativas o productivas (artículo 5 del Real Decreto 1483/2012):
- Informe técnico que acrediten las causas aducidas.
Finalización del periodo de consultas:
Documentación común:
- Decisión final de la empresa.
- Actas del periodo de consultas.
- Acta final del periodo de consultas.
- En su caso, plan de recolocación externa en los casos de empresas obligadas a su relación.
- En su caso, aportaciones al Tesoro Público DA 16º de la ley 27/2011.
- Relación nominal final de personas trabajadoras afectadas.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Extinción, suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
Documentación común:
- Acreditación del representante de la empresa.
- Acreditación de los representantes de las personas trabajadoras.
- Especificación causas del despido colectivo, suspensión de contratos o reducción de jornada.
- Relación nominal de personas trabajadoras afectadas.
- Concreción de los criterios de las personas trabajadoras afectadas, en su caso.
- Memoria explicativa.
- Copia de la comunicación de la empresa informando de la intención de iniciar el procedimiento.
- Período previsto para realización despidos o Concreción de las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada.
En caso de fuerza mayor temporal (artículo 47.5 del Estatuto de los Trabajadores):
- Solicitud de la empresa, acompañando medios de prueba si fueran necesarios.
- Documentos de prueba necesarios.
- Copia de la comunicación de la empresa informando de la intención de iniciar el procedimiento.
- Comunicación de inicio de procedimiento por fuerza mayor a los representantes legales de las personas trabajadoras o a las personas trabajadoras.
En caso de fuerza mayor temporal determinada por limitaciones o impedimentos en la actividad normalizada de la empresa (artículo 47.6 del Estatuto de los Trabajadores):
- Solicitud de la empresa, acompañando los medios de prueba si fueran necesarios.
- Decisión adoptada por la autoridad pública competente.
- Comunicación de inicio de procedimiento por Fuerza Mayor a los representantes legales de las personas trabajadoras o a las personas trabajadoras.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Suspensión de contratos o reducción de jornada derivado del Mecanismo RED
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Acreditación del representante de la empresa.
- Acreditación de los Representantes de las personas trabajadoras.
- Relación nominal de las personas trabajadoras afectadas.
- En el caso de la modalidad sectorial deberá acompañar un plan de recualificación de las personas trabajadoras afectadas.
- Copia de la comunicación de la empresa informando de la intención de iniciar el procedimiento.
- Copia de la comunicación de inicio del período de consultas.
- Documentación acreditativa de la concurrencia de la situación temporal descrita en el correspondiente acuerdo de activación del Mecanismo RED.
- Período previsto de aplicación de las medidas y concreción de las medidas.
- Representantes de la comisión negociadora o indicación de la falta de constitución de la misma.
- Tras la finalización del periodo de consultas, actas de las reuniones celebradas.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Se podrá consultar el procedimiento de Despido colectivo en las administraciones públicas en la sección Documentación de interés.
Normativa
- Convenio de 18 de noviembre de 2025, entre la Administración General del Estado (Ministerio de Trabajo y Economía Social) y la Comunidad de Madrid para la utilización de la aplicación informática Serena (BOE nº 290, de 3 de diciembre).
- Real Decreto 608/2023, de 11 de julio, por el que se desarrolla el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo (BOE nº 165, de 12 de julio).
- Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo. Corrección de errores (BOE nº 246, de 14 de octubre).
- Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 (BOE nº 73, de 18 de marzo de 2020).
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE nº 255, de 24 de octubre).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).
- Resolución de 8 de mayo de 2013, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la publicación de impresos normalizados (BOCM nº 131, de 4 de junio).
- Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada (BOE nº 261, de 30 de octubre).
- Real Decreto 1484/2012, de 29 de octubre, sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años (BOE nº 261, de 30 de octubre).
- Real Decreto 42/1996, de 19 de enero, por el que se amplía la protección por desempleo a los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado en situación de cese temporal o reducción temporal de jornada (BOE nº 42, de 17 de febrero).
- Real Decreto 1043/1985, de 19 de junio, e 19 de junio, por el que se amplía la protección por desempleo a los socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado (BOE nº 157, de 2 de julio).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General de Trabajo
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, sólo puedes utilizar los siguientes sistemas de firma electrónica reconocidos por la Administración General del Estado: Cl@ve, DNI electrónico y certificado electrónico.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Podrás ver el estado de tu solicitud desde la propia aplicación de gestión de solicitudes.
Enviaremos un aviso por correo electrónico sobre las notificaciones de escritos y resoluciones. Deberás acceder a la aplicación para consultarlos.
Acciones sobre la solicitud
Se podrá consultar en la sección Documentación de interés
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Contacto
Área de Regulación y Sanciones
Horario de atención al público: lunes a viernes de 09:00 a 14:00
Guía de tramitación
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