Tramitación

Pago de tasas

Es necesario pagar la tasa en la notificación de los siguientes casos:

  1. Primera puesta en el mercado nacional.
  2. Modificación de producto notificado por alguna de estas causas:
    1. Cambio de empresa responsable de comercialización.
    2. Cambio de denominación.
    3. Cambio de composición del producto.

Están exentas del pago de tasa las notificaciones por:

  1. Modificaciones de la etiqueta que no suponen cambio de empresa responsable de la comercialización ni cambio de denominación ni cambio de composición.
  2. Cese de comercialización del producto.
  3. Otras notificaciones, como el cambio de fabricante del producto.
Métodos de pago

La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial. 

Tasa
  • Tasa de inspecciones o auditorías y autorizaciones administrativas de salud pública

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Paga la tasa y guarda el justificante.
  3. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  4. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

En caso de notificar la primera puesta en el mercado nacional, una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

Si falta algún documento o hay algún incumplimiento relacionado con la composición o etiquetado del producto, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 o 15 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos).

Si la documentación es correcta, trasladaremos el expediente a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) para incluir el complemento alimenticio en la base de datos nacional, donde estará disponible para consulta pública.

Si la documentación no es correcta, emitiremos una resolución por la que se considera no comunicada la comercialización y el complemento alimenticio no podrá estar a la venta en el mercado nacional.

Cualquier comunicación de modificación de la información del complemento o de cese de comercialización será trasladada a AESAN para mantener actualizada la base de datos nacional.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada en el plazo de 1 mes desde el día siguiente al que la recibas.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Contacto y ayuda

Contacto

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 23/03/2026
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